Este lunes, el Gobierno confirmó el ingreso de una urgencia de discusión inmediata al proyecto que tipifica el delito de ingreso clandestino al territorio nacional.
La controversial iniciativa fue presentada el año 2022 por parlamentarios de Chile Vamos, y se encuentra actualmente en segundo trámite constitucional en el Senado, en la Comisión de Gobierno Interior.
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El proyecto indica que la persona que haga ingreso por pasos no habilitados o eludiendo controles migratorios tendrá una sanción penal de presidio menor en su grado mínimo —de 61 a 540 días de cárcel— o una multa de cinco a diez UTM, que podría llegar hasta los 650 mil pesos. Posterior al cumplimiento de la pena, se procedería a la expulsión del extranjero.
Respaldo a la iniciativa
El senador y presidente del Partido Republicano, Arturo Squella, cuestionó que el proyecto esté “descansando” debido a que “no fue del interés” del gobierno anterior.
En tanto, uno de los autores del proyecto, el senador de Renovación Nacional, Andrés Longton, indicó que el principio que rige la propuesta es poder equiparar el ingreso clandestino con otros tipos penales en el país.
Posibles repercusiones por hacer delito el ingreso clandestino
El proyecto fue ampliamente cuestionado por el gobierno de Gabriel Boric, que apuntó a la sobrepoblación penal, el exceso de burocracia y las dificultades diplomáticas de la reconducción, como motivos para no contemplar elevar a rango de delito el ingreso clandestino.
En su momento, incluso algunas voces minoritarias de la derecha alertaron que podría “terminar matando la expulsión administrativa” y “burocratizar y hacer más difícil el procedimiento de expulsión“.
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La jefa de bancada del Frente Amplio, Lorena Fríes, apuntó también a la sobrecarga que significará para el Poder Judicial.
El proyecto quedó con el compromiso de ser indicado tanto por el gobierno saliente como por los parlamentarios de la Comisión de Gobierno del Senado.
Cabe destacar que la iniciativa contempla excepciones para extranjeros que reúnan las condiciones de personas refugiadas que vengan directamente del territorio donde su vida o libertad esté amenazada, sin aplicar tampoco a niños, niñas o adolescentes.



