Ante el Cuarto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago se definirá en agosto el futuro del receptor Eduardo Löbel Aracena, quien arriesga siete años de cárcel por falsificar notificaciones de una demanda civil.
El demandado no sólo no vivía en la dirección en la que Löbel certificó haber intentado notificarlo, sino que el lugar correspondía a un condominio, sin que el funcionario mencionara ese detalle ni dejara constancia del número de departamento en que supuestamente practicó la diligencia.
No se trata de la primera polémica de Löbel al interior del Poder Judicial. El funcionario ya había sido formalizado en 2018 por una situación similar, que involucraba al hijo del ministro de la Corte Suprema Manuel Valderrama, aunque posteriormente el Ministerio Público decidió no perseverar en la causa por no contar con los antecedentes necesarios para presentar una acusación.
Una vida en el Poder Judicial
Con más de 40 años al interior del Poder Judicial, Eduardo Löbel Aracena es uno de los ministros de fe que trabajan en la jurisdicción de la Corte de Apelaciones de Santiago. Entre sus antecedentes, se cuenta haber notificado en septiembre de 2007 a Alberto Fujimori la resolución mediante la cual la Corte Suprema aprobó su extradición.
Una trayectoria podría terminar abruptamente en tres meses más. En concreto, al receptor se lo acusa de haber falsificado notificaciones de una causa iniciada en 2016. Ese año, el Banco Santander solicitó la ejecución de una deuda de más de $74 millones de un mutuo hipotecario.
Para notificar al demandado, el abogado del banco entregó una dirección de avenida Fleming en Las Condes. Löbel certificó haber buscado al demandado en ese lugar, “el 4 y 5 de noviembre, a las 19:10 y 10:45 horas, respectivamente”. Junto con ello, confirmó que era el domicilio del demandado, porque así se lo “informó un persona adulta sexo femenino”, quien le manifestó que “la persona antes mencionada” se encontraba “en el lugar del juicio”.
Más tarde, el abogado del banco solicitó al Vigesimoprimer Juzgado Civil de Santiago que autorizara la notificación de acuerdo con el artículo 44 del Código de Procedimiento Civil. Es decir, que la demanda fuera notificada dejando los documentos en la puerta.
El juez visó la petición y el 14 de noviembre de 2016 Löbel certificó que había cumplido con la diligencia en el “domicilio de avenida Alejandro Fleming”.
Domicilio en Talagante
El problema es que el demandado nunca había vivido ahí. De hecho, el mutuo hipotecario había sido otorgado por Santander para financiar un terreno en Talagante, donde él residía.
Tras haberse enterado en febrero de 2017 de la prohibición de vender su parcela, que estaba negociando a través del mismo banco, el deudor revisó la causa civil en el sistema del Poder Judicial. Se dio cuenta entonces de que supuestamente lo habían notificado en una dirección donde nunca había vivido.
Para mayor sorpresa, al buscar por Google Maps la dirección de avenida Alejandro Fleming, vio que se trataba de un condominio. En las notificaciones el receptor judicial, Eduardo Löbel, no había indicado el número del departamento.
El demandado presentó un recurso de nulidad en la causa y el tribunal solicitó a Löbel un informe pormenorizado. Löbel contestó el 21 de abril de 2017. El receptor ratificó sus actuaciones. Según él, no recordaba detalles, “debido al tiempo transcurrido, pero sí que el domicilio del demandado correspondía a un edificio de departamentos”:
—Lo que hace uno es preguntar por el demandado, si es positiva la respuesta de alguna persona adulta, corresponde estampar entonces búsquedas positivas, que es lo que sucedió en este caso —aseguró Löbel—. La información que yo obtuve en las búsquedas, fue por dichos de terceros del domicilio señalado.
A juicio
El tribunal civil acogió la nulidad, por considerar que el demandado nunca había estado en la dirección donde supuestamente se habían practicado las notificaciones. En paralelo, el deudor presentó una querella contra Löbel, la que fue seguida en 2018 por el Consejo de Defensa del Estado.
La investigación del Ministerio Público respaldó las acusaciones. El abogado de Santander declaró que no recordaba cómo obtuvo el domicilio de Las Condes y la PDI comprobó que la dirección era un conjunto de departamentos que cuenta con cuatro blocks.
El banco también entregó el detalle de los pagos realizados a Löbel, entre 2016 y 2018. Hubo ocho abonos de la institución financiera al receptor en ese periodo, constando uno por $457 mil, correspondiente a una boleta del 17 de noviembre de 2016, tres días después de la supuesta última notificación.
Ese valor podría ser el acumulado de varias diligencias, porque actualmente una notificación del artículo 44 del Código de Procedimiento Civil cuesta sólo $52 mil, según el arancel fijado por el Ministerio de Justicia.
Así, en 2021 Löbel fue formalizado y en octubre del año pasado el persecutor adjunto Claudio Peña Báez presentó la acusación fiscal en el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago. Por los dos documentos mediante los que certificó haber buscado al deudor en el domicilio de Alejandro Fleming, el receptor arriesga siete años de cárcel por delitos reiterados de falsificación de instrumento público u oficial del artículo 193 Nº 4 del Código Penal.
El receptor judicial intentó invalidar el proceso, argumentando que la acción penal había prescrito. No obstante, el juez Freddy Cubillos dictaminó que el delito por el que se le había acusado correspondía a un crimen, por lo que el plazo para prescribir era de diez años, los que no se habían cumplido.
La decisión fue ratificada en febrero de este año por la Corte de Apelaciones de Santiago. El Cuarto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal fijó el juicio para el próximo 12 de agosto.
El hijo del supremo
—Acusar al ministro de fe de que no notificó generalmente es una estrategia procesal —asegura un receptor con más de una década de experiencia—. Es bien ambiguo. Hay muchos demandados que alegan que no los notificaron, pero también existen receptores que mal utilizan el sistema.
No se trata del único hecho de este tipo en que se ha visto involucrado Löbel. El receptor estuvo en el centro del escándalo que involucró al juez árbitro Manuel Valderrama Escobar —hijo del ministro de la Corte Suprema Manuel Antonio Valderrama Rebolledo—.
Se trata del bullado caso de partición de bienes de la familia Padilla-Arellano. La Minera Santa Laura adquirió una participación en la comunidad y en septiembre de 2015 solicitó su disolución. El Vigesimoquinto Juzgado Civil de Santiago designó como juez árbitro a Valderrama Escobar. Durante el proceso, la familia intentó de distintas maneras detener el remate de los bienes, entre ellas mediante una demanda de recusación contra Valderrama presentada el 16 de marzo de 2017.
Según certificó Eduardo Löbel, los días 20 y 21 de marzo intentó notificar a Valderrama Escobar de la demanda de recusación en el quinto piso del edificio de Isidora Goyenechea 3162, Las Condes, pero no lo encontró.
De forma similar al caso de la demanda de Santander, Löbel certificó que le constaba que la dirección era la correcta porque así se lo manifestó “una persona adulta de allí que dijo ser empleado sexo masculino”, además del conserje del edificio. De acuerdo con él, ambos le dijeron que el demandado se encontraba en el lugar.
Luego de que el querellante solicitara que se practicara la notificación de acuerdo con el artículo 44 del Código de Procedimiento Civil, Löbel certificó el 27 de marzo que había dejado los documentos con una “persona adulta de allí que dijo ser secretaria y llamarse Andrea”.
Pero Valderrama Escobar nunca estuvo en Isidora Goyenechea 3162. El quinto piso de ese edificio era usado por BanChile en su totalidad. La dirección en que el árbitro trabajaba era Isidora Goyenechea 3621.
Testigo acusa soborno
Valderrama procedió a realizar el remate de los bienes de la sociedad el 29 de marzo. El primer intento, por la mañana, terminó en trifulca con la familia. Los involucrados fueron detenidos y por la tarde, tras ser liberado, Valderrama procedió al remate sin los Padilla-Arellano presentes y sólo con representantes de la Minera Santa Laura.
El entuerto terminó con Valderrama investigado por el Ministerio Público. En medio de la polémica, el juez árbitro acusó que nunca había sido notificado.
Durante su investigación, la fiscalía recogió el testimonio de la excónyuge de uno de los hermanos Padilla, quien dijo que su expareja le había confesado que pagó $1 millón a un receptor para que fingiera notificar y así paralizar el procedimiento.
Pero el Ministerio Público comunicó en marzo de 2020 su decisión de no perseverar porque durante la investigación no se reunieron “antecedentes suficientes para fundar una acusación” contra Löbel.
Ministro de fe en funciones
Hasta el momento, Eduardo Löbel se ha mantenido en su puesto como ministro de fe, pese al inminente juicio oral. La Corte de Apelaciones de Santiago recibió un oficio del CDE en agosto de 2018, que le informó de su querella. Hasta 2022, no hay constancia en la hoja de vida de Löbel de que haya sido sancionado por estos hechos. Aunque sí lo ha sido por otras cosas.
En el documento, aparecen cinco medidas disciplinarias contra el receptor, por hechos ocurridos entre 2014 y 2019.
Cuatro de ellas son censuras por escrito: una por no haber tomado una prueba testimonial en una causa y además haber cobrado $150 mil por esa actuación, por sobre los honorarios que fija el arancel; otra por no cumplir con los mandatos del Juzgado de Cobranza y Previsional de Santiago durante su turno en 45 causas; una tercera por no practicar un embargo; y la cuarta por no cumplir con “prontitud y fidelidad las diligencias encomendadas en ocasión de turno, por el Vigesimoprimero Juzgado Civil de Santiago”.
Además, el funcionario fue objeto de una amonestación privada por haber practicado diligencias de notificación en dos días en que se encontraba con licencia médica.
La Unidad de Investigación de Bío Bío intentó contactar para este artículo a Eduardo Löbel y a su abogado, Jorge Ramos Órdenes, sin resultados hasta el cierre de esta edición.




