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Reabren pesquisa por fraude fiscal y Calisto consigue aplazar la audiencia de desafuero

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Marcela RojasPeriodista de Radio Bío Bío en Santiago

La Corte de Apelaciones de Puerto Montt suspendió la audiencia fijada para este jueves en que debía revisar el desafuero del senador Miguel Ángel Calisto, luego de que el Juzgado de Garantía de Coyhaique ordenara reabrir por 60 días la investigación por presunto fraude al fisco que enfrenta el parlamentario.

El caso se originó en 2021, a partir de una denuncia por posible uso irregular de asignaciones parlamentarias. La Fiscalía Regional de Aysén sostiene que existen indicios que vinculan al entonces diputado con un mecanismo mediante el cual recursos públicos habrían terminado beneficiándolo a través de contrataciones de asesorías. La defensa rechaza esa tesis y afirma que las labores de la asesora cuestionada sí se realizaron.

En las últimas semanas la causa tomó un nuevo rumbo tras el cambio de declaraciones de dos coimputados, Ronald Cárcamo y Carla Graff. Según la defensa, estos antecedentes exigían nuevas diligencias para refutar los cargos. No obstante, el Ministerio Público cerró la investigación y presentó acusación, lo que —a juicio de los abogados del senador— les impidió pedir a tiempo esas actuaciones. Con ese sustento, recurrieron al Tribunal Constitucional para que declare inaplicable la norma del Código Procesal Penal que solo permite ordenar diligencias en la reapertura si fueron solicitadas oportunamente durante la etapa investigativa, y solicitaron además la suspensión del procedimiento penal mientras el TC resuelve.

Expertos advierten que ese requerimiento podría tener efectos dilatorios si el TC decide suspender el proceso hasta zanjar el fondo. Con todo, antes de que el tribunal constitucional se pronunciara, el Juzgado de Garantía de Coyhaique aceptó la petición de la defensa y dispuso reabrir la investigación por dos meses para practicar nuevas diligencias. A raíz de ello, la Fiscalía informó que la Corte de Apelaciones de Puerto Montt suspendió la audiencia de desafuero, ya que el Código Procesal Penal exige que la investigación esté cerrada para tramitar esa solicitud.

Con la causa nuevamente abierta y el desafuero en pausa, se inicia una nueva fase. En los próximos 60 días, el Ministerio Público deberá ejecutar las diligencias ordenadas por el tribunal, mientras el Tribunal Constitucional definirá si admite a trámite el requerimiento de la defensa y si accede o no a suspender el proceso penal.