Este miércoles, el proyecto “Sueldos Protegidos” enfrenta una definición en la Cámara de Diputados. La Sala decidirá si autoriza su tramitación, con el objetivo de evitar que las remuneraciones de hasta 56 UF —aproximadamente $2,3 millones— queden desprotegidas frente a embargos cuando ya han sido abonadas en una cuenta bancaria.
La iniciativa nació luego de denuncias de deudores del Crédito con Aval del Estado (CAE), quienes afirmaron que, en el marco de acciones de cobranza de la Tesorería General de la República, se les retuvo dinero en sus cuentas.
La definición sobre su admisibilidad está fijada para el comienzo de la sesión, a las 10:00 horas. Si la Sala da luz verde, la iniciativa regresará a la Comisión de Educación para proseguir su trámite. Si la solicitud es rechazada, la moción quedará archivada.
¿Qué pretende modificar “Sueldos Protegidos”?
El artículo 57 del Código del Trabajo dispone, como regla general, la inembargabilidad de las remuneraciones. La ley solo autoriza embargar la parte que excede las 56 UF.
De acuerdo con sus impulsores, la dificultad surge cuando el sueldo se abona en una cuenta bancaria: esos fondos pueden pasar a considerarse saldo disponible y quedar expuestos a medidas de cobro. La moción busca consignar expresamente que la protección se mantenga tras el depósito o la transferencia.
Un grupo de parlamentarios de oposición, entre ellos la diputada Daniela Serrano (PC), promueve la iniciativa. No obstante, su tramitación se detuvo a inicios de septiembre en la Comisión de Educación, que la declaró inadmisible por ocho votos a cinco.
El argumento que detuvo el proyecto
La diputada Paz Charpentier (Republicanos), quien promovió votar la inadmisibilidad, argumentó que la medida podría impactar las finanzas públicas al restringir las facultades de cobro de Tesorería. A su juicio, ello implicaría intervenir en una materia de iniciativa exclusiva del presidente de la República.
Charpentier desestimó además que su sector pretenda debilitar la protección de los trabajadores endeudados. “El artículo 57 del Código del Trabajo establece la inembargabilidad de las remuneraciones. Esta protección también rige para los deudores del CAE y no tenemos ninguna intención de derogarla ni debilitarla”, señaló tras la votación en comisión.
Para los promotores de la iniciativa, en cambio, la norma vigente deja una interrogante que requiere discusión: si los fondos mantienen su carácter de remuneración protegida cuando ya se encuentran en el banco.
Serrano denuncia que se está eludiendo el debate
Luego del rechazo en la comisión, la diputada Daniela Serrano acudió a la Sala como última instancia para intentar que el proyecto siga adelante. La legisladora acusó que la derecha usó su mayoría para impedir que se discuta el fondo de la propuesta.
“Quien vote en contra de este proyecto no lo hará por inconstitucionalidad, porque evidentemente no lo es. Lo que aquí se está haciendo es impedir que los parlamentarios presentemos mociones y, además, evitar el debate”, señaló.
De este modo, hoy los diputados deberán decidir si la iniciativa puede continuar su trámite y abrir la discusión sobre la protección de los sueldos depositados en cuentas bancarias.




