La Corte de Apelaciones de Concepción desestimó el recurso de protección interpuesto por el Centro General de Padres y Apoderados del Colegio San Agustín, cuyo propósito era frenar el cambio de modalidad de financiamiento del establecimiento, que pasará de particular subvencionado a particular pagado a partir del año escolar 2027.
En un fallo unánime, la Segunda Sala del tribunal de alzada determinó que no existió una actuación ilegal o arbitraria por parte de la Secretaría Regional Ministerial (Seremi) de Educación del Bío Bío y de la Fundación Educacional Santo Tomás de Villanueva, sostenedora del colegio.
La demanda fue presentada por Oscar Javier Gavilán Pinto, en representación del Centro General de Padres y Apoderados y de otras personas vinculadas al establecimiento educacional.
Corte rechaza el recurso
Al fundamentar su rechazo, la Corte señaló que el procedimiento para alterar el financiamiento se llevó a cabo conforme a la normativa vigente, tanto en lo relativo a los plazos como a las obligaciones de información hacia la comunidad educativa.
En ese sentido, el fallo indica que la fundación presentó formalmente su solicitud ante la autoridad educacional el 24 de marzo de 2026, dentro del plazo legal establecido para marzo del año anterior a aquel en que dejará de percibir la subvención estatal.
Además, se comprobó que la sostenedora envió cartas certificadas a los apoderados registrados el 23 de marzo de 2026 y que remitió correos electrónicos ese mismo día y el 27 de marzo, informando sobre los aranceles, el fondo de becas y el proceso de matrícula para 2027.
No se detectaron omisiones
Según la resolución, estos antecedentes permitieron acreditar que se cumplió oportunamente con la obligación de notificar por escrito a los padres y apoderados sobre el cambio de financiamiento.
Por ello, el tribunal concluyó que no se acreditó la existencia de acciones u omisiones ilegales o arbitrarias atribuibles a las entidades recurridas, por lo que resolvió rechazar el recurso de protección, sin condenar en costas a los recurrentes.
Con esta resolución, la Corte de Apelaciones de Concepción rechazó la petición judicial que buscaba impedir el cambio de modalidad de financiamiento del Colegio San Agustín para el año escolar 2027.




