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05 September 2025 | 19:59
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La justicia dictaminó que ProCultura y Corfo deben abonar más de 147 millones de pesos a 56 trabajadores del circuito patrimonial Lota Sorprendente por indemnizaciones y prestaciones laborales. La fundación y la entidad estatal fueron ordenadas a cubrir los compromisos laborales de profesionales y exmineros que laboraron en sitios como el Parque Isidora Cousiño y la Mina Chiflón del Diablo. El fallo destaca que ProCultura no se presentó a la audiencia y que el despido de los trabajadores fue considerado injustificado, con Corfo siendo también responsable solidario.
Desarrollado por Bío Bío ComunicacionesLa justicia ordenó a ProCultura y Corfo a pagar más de 147 millones de pesos por indemnizaciones y prestaciones laborales a 56 trabajadores que se desempeñaron en el circuito patrimonial Lota Sorprendente.
De esta manera, se ordenó a la entidad creada por Alberto Larraín y solidariamente a la repartición estatal al pago de prestaciones laborales e indemnizaciones. Esto último, durante los dos años que estuvo la fundación a cargo de recintos tales como el Parque Isidora Cousiño, la Mina Chiflón del Diablo y el Museo Minero.
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Los afectados corresponden a profesionales y exmineros, quienes laboraron hasta noviembre de 2023 en el emblemático circuito, mes donde ProCultura anunció el cierre de sus actividades a nivel nacional en medio de las investigaciones judiciales del denominado Caso Convenios.
El monto total adeudado para los 55 trabajadores supera los 142 millones de pesos. A ello se suma una demandante que recurrió al autodespido y de lo cual se le deberá pagar una cifra que bordea los 5 millones.
Gastón Salgado, dirigente y vocero de quienes presentaron esta acción civil, si bien valoró el fallo del Juzgado de Letras de Lota, lamentó que se tuviera que recurrir nuevamente a la justicia, ya que, en su momento, la Corporación Baldomero Lillo también dejó compromisos impagos tras su salida en 2020.
El fallo consigna que la parte demandada, vale decir Procultura, “no compareció a la audiencia de juicio” y que el “término de la relación laboral careció de causa legal suficiente, configurándose así un despido injustificado”.
Por lo anterior, y dada la existencia de un régimen de subcontratación, Corfo es “solidariamente responsable de todas las prestaciones ordenadas a pagar en la sentencia”.