Fue a fines de diciembre cuando la Comisión de Jueces de la Corte de Apelaciones de Concepción revocó el beneficio con el que Carlos Peyrin cumplía la pena de 3 años y 1 día de cárcel, la primera condenada dictada a nivel local por delitos asociados a la revuelta social.
Un recurso de amparo contra la resolución que revocó la libertad vigilada fue rechazada y entonces la defensa del condenado pidió al Juzgado de Garantía sustituir el cumplimiento efectivo de la sanción invocando una ley reciente que permite otorgar la libertad vigilada para el porte de bomba molotov por el cual fue condenado Peyrin.