Tras los embargos a deudores del CAE aplicados por la Tesorería General de la República (TGR), diversa ha sido la discusión jurídica en torno a si el procedimiento de cobro fue —o no— correcto y si el organismo puede aplicar las facultades que le entrega el Código Tributario. No obstante, otra discusión se ha dado en el trasfondo: si una ley promulgada durante el gobierno anterior colaboró a que la Tesorería pudiera cobrar desde las cuentas bancarias.
Se trata de la Ley de Cumplimiento Tributario (21.713), promulgada en octubre de 2024, que genera incentivos y mejora las herramientas para que los contribuyentes paguen sus impuestos, fortaleciendo las facultades de embargo de la Tesorería.
¿Qué cambió con la Ley de Cumplimiento Tributario de Boric?
La normativa, entre otras cosas, modificó el artículo 170 del Código Tributario y amplió el alcance de los bienes que pueden ser objeto de embargo. Antes, el artículo 170 contenía una regulación expresa sobre el embargo de remuneraciones del deudor. Tras la reforma, se estableció expresamente que “la ejecución podrá recaer sobre los dineros, créditos y cualquier otra prestación en dinero que tenga derecho a percibir el ejecutado“.
Además, la reforma estableció que el Tesorero Regional o Provincial puede ordenar la retención de esos recursos mediante resolución administrativa, la que puede notificarse a quienes deban efectuar pagos al deudor. Asimismo, incorporó mecanismos de notificación electrónica para este procedimiento.
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Durante su promulgación, el expresidente Gabriel Boric planteó que la ley “es un acto de justicia con Chile y con quienes cumplen con la obligación de pagar sus impuestos con mucho esfuerzo y con mucha responsabilidad”, asegurando que entrega “mejores herramientas para combatir la evasión y la elusión de las grandes riquezas“.
“Esta ley no incrementa la carga impositiva de las personas; es más, contiene medidas para emparejar la cancha en la que compiten las micro, pequeñas y medianas empresas formalizadas, incentivando, a su vez, la formalización”, apuntó en ese entonces.
Expertos advierten vínculo con los embargos del CAE
Ahora, pese a que la norma no menciona ni va dirigida exclusivamente al CAE, pudo haber sido clave para agilizar el proceso de embargo a los deudores, el que incluso fue criticado por el propio expresidente Boric.
BioBioChile conversó con expertos para conocer su visión respecto a cómo el proyecto pudo tener ese efecto.
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Vicente Sáez Pinochet, abogado experto en derecho tributario y socio de Sáez Abogados, destacó que uno de los principales cambios impulsados por la Ley 21.713 es que ahora el artículo 170 “faculta al juez sustanciador (Tesorero) a ordenar la retención de fondos (embargo), de manera remota y electrónica directamente a las instituciones bancarias; ya no se tienen que apersonar en la sucursal bancaria“.
En esa línea, expresó que la norma, “más que un factor clave para el proceso de embargos que ha llevado la TGR contra los deudores del CAE, ha sido un factor determinante en la celeridad e inmediatez en los embargos y retenciones“.
“Debido a que, en el procedimiento anterior, la TGR debía practicar los embargos físicamente en las instituciones bancarias (…). Con los cambios introducidos, el Tesorero, que actúa como juez sustanciador, juez y parte, ordena las retenciones de dineros de manera remota y electrónica a las instituciones bancarias, las cuales están obligadas a practicarlos en la forma ordenada, bajo el riesgo de responder solidariamente por las retenciones no efectuadas. Esta herramienta es lo que permitió a la TGR salir a realizar embargos masivos y prácticamente instantáneos“, explicó.
Sáez advirtió que “sin estos cambios, de todas formas se podrían haber efectuado los embargos que ha realizado la TGR en su cruzada de cobro del CAE; sin embargo, no habría podido realizarlos con la efectividad y celeridad con que ocurrieron”.
No obstante, para el abogado hay un “abuso” por parte de la TGR al “pretender utilizar un procedimiento que no fue establecido para esos fines”, agregando que “no pueden pretender aplicar por analogía un procedimiento que sólo es para cobro de impuestos, para obligaciones que no son impuestos”.
¿Facultades legales o uso indebido de la norma?
Por su parte, Germán Pinto Perry, doctor en Ciencias de la Administración y especialista en temas tributarios de la Usach, sostuvo que con la ley el tesorero tiene facultades “bastante grandes para poder tener el pago de las deudas”.
El académico destacó que con la modificación del artículo 170 se amplía “el tipo de bienes que podría realizar el embargo“, estableciendo específicamente que puede recaer sobre “dinero, crédito y otras prestaciones que los contribuyentes morosos tengan derecho a percibir”.
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“Antiguamente existía la mención solo para las remuneraciones que perciba el ejecutado que excedan a cinco unidades tributarias mensuales; eso se eliminó, ahora no está ese límite. También pueden ser ahora dineros que están en depósito, por lo tanto, las facultades son sobre cualquier bien líquido que tenga el contribuyente”, subrayó.
Respecto de si el CAE está dentro de los créditos en que la TGR puede ejercer estas acciones, Pinto sostiene que sí existen las facultades legales; no obstante, dice que la discusión está en si “esta herramienta, en esta magnitud, era procedente” o necesaria.
De esta forma, ambos coinciden en la relevancia de la norma promulgada por el gobierno anterior respecto de las facultades que ahora ejerció la TGR para cobrar el CAE, aunque también coinciden en que la discusión se centra en otros puntos: la procedencia de aplicar estas herramientas a este tipo de deudas y si era realmente necesario llegar a esa medida.




