La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la condena de 7 años de presidio efectivo contra Pablo Andrés Carvajal Díaz. El entonces capitán de Carabineros fue declarado culpable de apremios ilegítimos calificados por disparar y dejar ciego de un ojo a Brandon González durante una manifestación el 28 de octubre de 2019.
En un fallo unánime, la Octava Sala del tribunal de alzada rechazó el recurso de nulidad presentado por la defensa del funcionario. Dicho recurso buscaba aplicar en su favor la Ley Nain-Retamal. Sin embargo, la hipótesis de legítima defensa fue desestimada por el tribunal.
“Se establece como una verdad formal por parte del tribunal que el imputado ha actuado sin sujetarse a su normativa reglamentaria a la que estaba a la sazón afecto“, señala el dictamen.
“La sentencia expresamente consigna que al momento de los hechos no existía ninguna agresión ilegítima, siendo este un requisito insoslayable para configurar cualquier hipótesis de legítima defensa”, se profundiza.
Corte establece “dolo directo” del carabinero
De hecho, los jueces determinaron que a la hora de ejecutar el disparo, que dejó con pérdida parcial de visión a la víctima, el carabinero actuó con “dolo directo”.
“No solo efectuó un disparo, sino que también, con posterioridad a causar la herida ocular materia de la presente causa al afectado, le realizó desde corta distancia y por la espalda un segundo disparo con su escopeta”, recalca el fallo.
Cabe mencionar que la causa fue llevada por la fiscal Ximena Chong, misma encargada de la investigación del caso Gatica. Eso sí, en el mencionado juicio, sí se acogió una legítima defensa y se determinó la absolución del exoficial Claudio Crespo.
De esta manera, la Corte ratificó la condena de 7 años de cárcel impuesta en primera instancia contra el excapitán de Carabineros.




