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Segunda Sala del Tribunal revoca sanción a la UdeC: el ’Campanil’ mantiene puntos en Liga de Primera

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Escrito por:Pablo Velozo

La Segunda Sala del Tribunal de Disciplina revocó la sanción que había recaído sobre la Universidad de Concepción (UdeC) por el pago extemporáneo del Formulario 29 (IVA) correspondiente al período febrero de 2026, el cual se hizo en marzo.

Si bien la primera sala del Tribunal había determinado un castigo de tres puntos en contra en La Liga de Primera, la nueva resolución deja sin efecto la medida que afectaba al elenco penquista.

En su defensa, el cuadro universitario explicó que “durante la madrugada del día 20 de marzo de 2026, el Gerente General del club Universidad de Concepción, Sr. Simón Figari Vial, fue víctima del robo de su teléfono móvil, el cual contenía el token digital (soft token) del Banco Consorcio, único mecanismo de autenticación habilitado para autorizar transferencias desde las cuentas del mencionado Club”.

Esa situación, que la Primera Sala consideró que no bastaba “por sí solo para configurar fuerza mayor eximente”, la Segunda Sala sí decidió catalogarla de máxima relevancia.

El nuevo fallo remarca que se comprobó que UdeC tenía el dinero suficiente en sus cuentas y que “acreditada la concurrencia copulativa de la inimputabilidad, la imprevisibilidad y la irresistibilidad, esta Segunda Sala concluye que en la especie sí se configuró el caso fortuito o fuerza mayor invocado —el robo del teléfono del único funcionario autorizado y portador del soft token, hecho inesperado frente al cual el Club obró con la diligencia exigible—, por lo que la denuncia no puede prosperar y procede revocar la sentencia apelada”.

La resolución complementa que “se REVOCA la sentencia dictada por la Primera Sala del Tribunal Autónomo de Disciplina de la ANFP, de fecha 28 de abril de 2026, que sancionó al Club Deportivo Universidad de Concepción con la pérdida de tres (3) puntos, y en su lugar se declara que en la especie concurre un caso fortuito o fuerza mayor que exime de responsabilidad al Club, rechazándose la denuncia interpuesta por la Unidad de Control Financiero y quedando, en consecuencia, sin efecto la antedicha sanción”.

Finalmente, se detalla que la decisión fue tomada de manera unánime por los integrantes de la sala: Jorge Ogalde Muñoz, Mauricio Olave Astorga, Bruno Romo Muñoz y Ernesto Vásquez Barriga. Además, se dejó constancia que Claudio Guerra Gaete “se inhabilitó de conocer la presente causa”.