La Segunda Sala del Tribunal Constitucional (TC) admitió a trámite el requerimiento presentado por la Asociación Nacional de Magistrados y Magistradas (ANMM) contra la Corte Suprema por los cuadernos de remoción dirigidos a jueces que viajaron al extranjero mientras estaban con licencia médica.
La ANMM sostiene que el procedimiento desarrollado por el máximo tribunal no respetó el debido proceso y que se vulneraron principios esenciales.
En su resolución, el TC indicó que, tras revisar los antecedentes, constató que se habían cumplido los requisitos exigidos por el artículo 93, inciso decimoprimero, de la Constitución Política, en relación con lo previsto en los artículos 83 y 84 de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, para declarar admisible el requerimiento.
La resolución contó con los votos a favor de las ministras María Pía Silva y Catalina Lagos, y del ministro René Gómez, mientras que los ministros Raúl Mera Muñoz y Marcela Peredo Rojas se pronunciaron por declarar inadmisible el recurso.
Elisa Walker, la abogada que representa a la Asociación de Magistrados ante el Tribunal Constitucional, explicó que la Segunda Sala del Tribunal Constitucional admitió el reclamo de inconstitucionalidad presentado por la Asociación de Magistrados y Magistradas de Chile, y que la norma del Código Orgánico de Tribunales sobre los cuadernos de remoción y los procedimientos de destitución no garantiza las protecciones contenidas en la Constitución: el debido proceso, la legalidad, la tipicidad, la igualdad ante la ley y la inamovilidad de todos los jueces y juezas de la República.
Agregó que, al declarar admisible el reclamo, el Tribunal Constitucional autoriza que ahora ambas partes presenten sus argumentos de fondo y que se convoque al Pleno del Tribunal para escucharlos y resolver la demanda planteada por la Asociación de Magistrados y Magistradas de Chile.





