El Ejecutivo volvió a enviar a la Contraloría un decreto que introduce cambios al reglamento de la Ley Karin, modificando la recepción y la investigación de denuncias por acoso laboral, acoso sexual y violencia en el trabajo. Entre sus principales ajustes figuran nuevas disposiciones sobre denuncias de mala fe, presentaciones con antecedentes incompletos y procesos investigativos aún abiertos cuando concluye el vínculo laboral.
La propuesta busca abordar dificultades observadas en los dos primeros años de vigencia de la ley, entre ellas la lentitud de las investigaciones, el incremento de los trámites administrativos y los obstáculos para definir qué hechos constituyen acoso o violencia laboral.
Suscrito por el presidente José Antonio Kast y el ministro del Trabajo, Tomás Rau, el documento modifica los procedimientos para denunciar, las medidas de resguardo para los trabajadores y las obligaciones de las empresas durante las investigaciones.
Entre los ajustes hay tres aspectos que inciden directamente en los trabajadores: el tratamiento de las denuncias de mala fe, el trámite de las que carecen de información suficiente y las consecuencias de que una persona se retire de su empleo antes de que concluya la investigación.
Ley Karin: cambios al reglamento sobre denuncias maliciosas y antecedentes incompletos
Una de las modificaciones centrales se refiere a las denuncias formuladas de mala fe, entendidas como acusaciones que alguien realiza sabiendo que son falsas o con el propósito de perjudicar a otra persona.
La nueva disposición indica que una denuncia no podrá calificarse como maliciosa solo porque la investigación no haya logrado confirmar los hechos.
Para concluir que hubo mala fe, tendrán que existir pruebas claras y suficientes de que la persona presentó deliberadamente una acusación falsa.
En consecuencia, no se podrá sancionar a un trabajador únicamente porque no se hayan podido comprobar los hechos que denunció.
También se modificará el procedimiento para las denuncias que no aporten todos los datos requeridos para comenzar una investigación.
En esas circunstancias, la empresa tendrá que precisar al trabajador qué información debe agregar y concederle cinco días para completar la denuncia.
De todos modos, el texto aclara que la ausencia de antecedentes no necesariamente impide dar inicio a la investigación.
¿Qué ocurre si alguien deja su empleo mientras se investiga una denuncia?
Otro de los ajustes regula las situaciones en que una persona deja de trabajar en una empresa mientras se indaga una denuncia por acoso laboral, acoso sexual o violencia en el trabajo.
El decreto fija criterios para esos escenarios y distingue si quien deja la empresa es la persona denunciante o la persona denunciada.
La medida pretende precisar cómo se resuelven las investigaciones que siguen abiertas y qué deberes mantienen las empresas si termina el contrato de una de las personas involucradas.
El texto incluye, además, disposiciones para impedir que los mismos hechos den lugar a múltiples investigaciones.
Asimismo, contempla que ciertas denuncias puedan abordarse con otros mecanismos internos de la empresa si los hechos no se ajustan a las situaciones de acoso o violencia reguladas por la Ley Karin.
Para derivar una denuncia a otro procedimiento, se necesitará la aprobación previa y escrita de quien la presentó, a quien también se deberá explicar cómo se desarrollará esa nueva instancia.
El decreto continúa bajo revisión de la Contraloría General de la República; por ello, sus modificaciones aún no están vigentes.
Tras su publicación en el Diario Oficial, las nuevas normas empezarán a regir una vez transcurridos 90 días.
El documento fija también un periodo de un año para que la Dirección del Trabajo habilite una plataforma electrónica que permita recopilar y administrar datos sobre estos procesos.
Consulta a continuación el decreto relativo a la Ley Karin:




