La querella por una posible prevaricación judicial contra quienes integraron el comité que analizó las rebajas de condena para abusadores sexuales de menores ha generado reparos jurídicos. Especialistas señalan que probar este delito sería difícil, sobre todo porque el comité tiene funciones administrativas y sus miembros no pueden otorgar directamente esos beneficios.
La Fundación Fuerza Ciudadana pretende que se determinen posibles responsabilidades penales por la concesión de estas rebajas. Sin embargo, académicos plantean que una interpretación equivocada de la ley, por sí sola, no configura prevaricación y que también es necesario analizar qué función cumplió la comisión en el proceso.
La acción presentada por la organización contra los integrantes del comité que evaluó las rebajas abrió la discusión sobre si es posible perseguir penalmente a quienes intervinieron en el procedimiento.
Aunque se ha cuestionado que estos beneficios se apliquen a personas condenadas por delitos sexuales contra menores, especialistas advierten que probar una eventual prevaricación judicial supone importantes dificultades jurídicas.
Uno de ellos es Neftalí Carabantes, académico de la Universidad Central, quien señaló que no alcanza con probar que hubo una interpretación incorrecta de las normas. También habría que demostrar que los involucrados sabían que estaban actuando contra una ley expresa y vigente.
“La prevaricación exige que se cumpla el tipo penal y, en particular, que concurra el elemento subjetivo previsto en la norma: que el juez resuelva sabiendo que contradice una ley expresa y vigente. Acreditar eso es sumamente complejo”, advirtió.
El académico destacó así uno de los principales desafíos de la denuncia: probar que los integrantes de la comisión actuaron intencionalmente contra la legislación, en vez de aplicar una interpretación determinada de sus disposiciones.
Las funciones administrativas de la comisión
La naturaleza de las tareas del comité encargado de revisar las solicitudes de rebaja de condena también plantea interrogantes y podría constituir otro obstáculo.
Pablo Alarcón Jaña, académico de la Universidad Finis Terrae, indicó que el comité es parte de un proceso administrativo y que sus integrantes no están facultados para conceder los beneficios directamente.
En la práctica, el comité prepara un informe sobre cada solicitud, pero la determinación definitiva recae en la autoridad correspondiente, que en este caso es el ministro de Justicia.
“El comité emite una opinión mediante un informe, pero la decisión definitiva la toma la autoridad competente, en este caso, el ministro de Justicia. Por eso, no veo inicialmente cómo podría atribuirse prevaricación a los miembros de esta comisión, que cumple una función administrativa y no jurisdiccional”, explicó.
Por lo tanto, además de establecer si hubo una conducta deliberadamente contraria a la ley, habría que determinar si las atribuciones de los integrantes del comité permiten que se les impute el delito denunciado.
La fundación pide investigar posibles responsabilidades
A pesar de estos reparos, la Fundación Fuerza Ciudadana busca que el Ministerio Público indague la actuación de quienes participaron en el proceso que posibilitó rebajas de condena para abusadores sexuales y violadores de menores.
La entidad objeta que se hayan concedido estos beneficios pese a la reforma legal de 2022, que dejó fuera de su aplicación a las personas condenadas por delitos sexuales contra niños, niñas y adolescentes.
El abogado de la fundación, Maximiliano Murath, afirmó que es necesario examinar cómo opera el sistema e identificar las posibles responsabilidades de quienes participaron en las decisiones.
“Si desde ese momento incumplieron una ley expresa y vigente —la modificación de 2022 que excluyó estos delitos— y no la aplicaron, deben responder por las responsabilidades penales y políticas que les correspondan”, sostuvo.
La organización ingresó la denuncia en la Fiscalía Centro Norte, que tendrá que revisar los antecedentes y resolver qué diligencias realizar.
Mientras la fundación procura que se determinen responsabilidades penales por las rebajas, los especialistas mantienen dudas sobre si los hechos pueden constituir prevaricación judicial, tanto por los requisitos del delito como por el carácter administrativo de las funciones del comité evaluador.




