La corte de apelaciones de Concepción rechazó la prisión preventiva para los ejecutivos de Enap imputados por delitos ambientales, confirmando las cautelares de arraigo nacional y firma mensual.
Al acoger el argumento de la defensa de los gerentes y jefaturas de las refinerías Bío Bío y Aconcagua, el tribunal de alzada penquista ratificó que por la probable baja pena que tiene el delito ambiental, la privación de libertad para los imputados sería una sanción adelantada. Por eso mantuvo el arraigo nacional y la firma mensual contra los seis ejecutivos de Enap, sindicados por el Ministerio Público como responsables de los episodios de contaminación en Talcahuano y el cordón industrial de Quintero y Puchuncaví en agosto de 2018.
Fueron los querellantes los que apelaron a la Corte de Concepción, expresando el abogado Remberto Valdés que no se puede hablar de un revés porque en su resolución -dijo- la justicia confirmó la existencia de los cargos imputados.
En la audiencia intervinieron, además de los querellantes, los abogados defensores, que insistieron la desproporcionalidad que hubiera significado la prisión preventiva para sus clientes, mientras que la fiscal Ana María Aldana dijo que ahora retomará la investigación, que en esta etapa intentará determinar el origen del petróleo iraní y por qué Enap recibió como pago un cargamento del crudo más tóxico que se produce a nivel mundial.
Tras la formalización hace 10 días, el Juzgado de Garantía de Talcahuano otorgó 18 meses para que la Fiscalía complete la investigación, un plazo inusual que el Ministerio Público justificó en la complejidad del llamado caso Crudo Iraní.



