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09 May 2025 | 14:21
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El Juzgado de Garantía de Concepción declaró inadmisible la querella por injurias y calumnias contra el abogado Rafael Poblete Saavedra, representante de las familias de los tripulantes desaparecidos de la lancha Bruma. El tribunal determinó que las declaraciones de Poblete no cumplían con los requisitos legales para perseguir los delitos denunciados, ya que no se dirigían al honor individual de las personas naturales demandantes ni atribuían un crimen específico. Se cuestionó un supuesto "pacto de silencio" en el caso de los tripulantes del PAM Cobra de la empresa Blumar, pero el fallo consideró las críticas como generales y vagas, sin fundamento en hechos punibles concretos.
Desarrollado por Bío Bío ComunicacionesEl Juzgado de Garantía de Concepción declaró inadmisible la querella por injurias y calumnias interpuesta por la tripulación del PAM Cobra contra el abogado Rafael Poblete Saavedra, representante legal de las familias de los siete tripulantes desaparecidos de la lancha Bruma.
La resolución determinó que las expresiones del profesional en medios de comunicación no cumplían con los requisitos legales para perseguir penalmente los delitos denunciados.
El tribunal analizó las declaraciones de Poblete, quien cuestionó un supuesto “pacto de silencio” entre los tripulantes del Cobra, de la empresa Blumar. Entre las frases citadas en la querella destacaron afirmaciones como: “Ellos tienen que explicar por qué razón llevaron durante 3 días seguidos a los tripulantes encerrados en un cuarto con psicólogos antes de declarar ante fiscalía”; y “la lógica nos indica que aquí estamos ante un pacto de silencio”.
El fallo señaló que el delito de injurias protege el honor, un derecho exclusivo de personas naturales. Las declaraciones de Poblete, según el tribunal, se dirigían principalmente a Blumar, entidad jurídica que no puede reclamar este tipo de protección.
Además, el tribunal consideró que las críticas hacia los tripulantes del Cobra eran “generales y vagas”, sin alusiones directas al honor individual de los 17 recurrentes.
Respecto a las calumnias, el tribunal subrayó que este delito exige la atribución falsa de un crimen específico. Sin embargo, las declaraciones de Poblete se limitaron a cuestionar la credibilidad de los testimonios, sin señalar un hecho punible concreto.
Recordemos que la querella fue presentada el pasado martes 6 de mayo por el abogado Alejandro Espinoza, representante de la tripulación del PAM Cobra, en medio de la investigación por la desaparición de la lancha Bruma. Ese mismo día, Poblete confirmó el hallazgo de restos biológicos en el PAM Cobra.