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23 June 2025 | 20:30
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La Corte de Apelaciones de Concepción rechazó el segundo recurso de Felipe Padilla por cruzar a 231 km/h el Puente Llacolén, buscando el sobreseimiento definitivo de la causa. La defensa liderada por María Francisca González Ortega apeló sin éxito. La corte determinó que la investigación sigue su curso y ahora se espera la Audiencia de Procedimiento Simplificado el 23 de mayo. A pesar de su éxito en el RallyMobil, Padilla continúa enfrentando problemas legales.
Desarrollado por Bío Bío ComunicacionesLa Corte de Apelaciones de Concepción rechazó un segundo recurso interpuesto por Felipe Padilla, piloto acusado de cruzar a 231 km/h el Puente Llacolén -que une San Pedro y la capital del Biobío-, que buscaba el sobreseimiento definitivo de la causa.
La defensa del deportista motor, encabezada por la abogada María Francisca González Ortega, había apelado a la última resolución, dictada el pasado 7 de abril, en la que el Juzgado de San Pedro de la Paz rechazó sobreseer el proceso.
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González, en su requerimiento -al que tuvo acceso BioBioChile- solicitó que “se enmiende con arreglo a derecho la resolución apelada y en este sentido ordene el sobreseimiento definitivo de esta causa en conformidad al artículo 250 letra d) del Código Procesal Penal, en concordancia con el artículo 93 N° 6 del Código Penal, esto es, por prescripción de la acción penal”.
Sin embargo, el plan de Padilla y su entorno quedó en nada. La corte penquista se pronunció en las últimas horas y remarca que se “comparte la doctrina precedente en orden a que, tratándose de faltas, es procedente la suspensión del curso de la prescripción de la acción penal; en este caso, resulta ineludible que el requerimiento se presentó antes que transcurriesen tres meses de cometida la falta por el imputado (25 de febrero y 13 de mayo de 2024, respectivamente), dirigiéndose entonces en esa oportunidad y de manera idónea el procedimiento en contra de Padilla Rico, pues aquél constituye la primera actuación del procedimiento en los términos del artículo 7 inciso segundo del Código Procesal Penal, en cuanto ante un tribunal con competencia en lo criminal se le ha atribuido una intervención precisa en un hecho punible”.
Sobre lo mismo, el nuevo fallo -recogido por este medio- profundiza que “no obsta a la conclusión anterior el hecho que el requerimiento haya sido notificado en octubre del mismo año, porque los actos de prosecución de la investigación son actuaciones unilaterales del Ministerio Público y, en todo caso, la investigación tampoco estuvo paralizada por el trienio previsto en el artículo 96 del Código Penal, ya citado”.
“Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 45, 253,358 y 360 del Código Procesal Penal y demás normas citadas, se confirma, sin costas del recurso, la resolución dictada en audiencia de siete de abril de dos mil veinticinco por el Juzgado de Garantía de San Pedro de la Paz que rechazó la solicitud de prescripción de la acción penal y de sobreseimiento definitivo de dicho proceso”, cierra el texto que redactó Camilo Álvarez Órdenes, ministro titular.
Con este segundo rechazo en la Corte de Apelaciones (la primera fue en enero de 2025), el desarrollo de la acción judicial contra Felipe Padilla continúa su rumbo.
En este sentido, este miércoles 23 de mayo es un día clave, pues se realizará la Audiencia de Procedimiento Simplificado, desde las 10:00 horas.
Cabe destacar que este nuevo episodio judicial llega justamente luego de un retorno exitoso de Padilla al RallyMobil, principal competencia motor del país.
De hecho, Felipe Padilla acabó en el segundo puesto de la categoría RC3 en la segunda fecha disputada en Chiloé el último fin de semana.