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05 September 2025 | 19:59
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La ley 21.015 obliga a empresas con 100 o más empleados a contratar al menos 1% de personas con discapacidad o justificar medidas subsidiarias. Fundaciones como Ronda y Cristo Vive informan sobre las exigencias y previenen infracciones. Las multas varían según el tamaño de la empresa. Es vital cumplir la normativa para generar oportunidades de inclusión laboral. Se insta a las empresas a revisar sus procesos y realizar la declaración anual antes del 31 de enero de forma electrónica.
Desarrollado por Bío Bío ComunicacionesEl 31 de enero vence el plazo para que las empresas cumplan con la Ley de Inclusión Laboral y realicen su declaración anual ante la Dirección del Trabajo, evitando multas por incumplimiento
La ley 21.015 que rige desde el 2018, obliga a las empresas con 100 o más trabajadores a contratar al menos 1% de personas en situación de discapacidad, o a justificar medidas subsidiarias cuando no pueden cumplir de forma directa.
En este contexto, fundaciones como Ronda y Cristo Vive han tenido un rol activo en aclarar las exigencias de la ley y prevenir infracciones. La directora de incidencia y desarrollo de fundación Ronda, María José Escudero, se refirió al proceso de declaración anual y a los aspectos que las empresas deben revisar para cumplir con la normativa.
Las multas no son un monto único: en las medianas empresas son 20 UTM por trabajador, multiplicadas por los meses de incumplimiento, y en las grandes empresas alcanzan las 30 UTM, también multiplicadas mes a mes Desde Fundación Cristo Vive, el director de alianzas, Claudio Orrego, enfatizó que una correcta aplicación de la normativa permite generar oportunidades reales de inclusión laboral para personas en situación de discapacidad.
Las organizaciones reiteraron el llamado a las empresas a revisar sus procesos antes del 31 de enero y realizar la declaración anual ante la Dirección del Trabajo, trámite que debe efectuarse de manera electrónica durante este mes.