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¿Eres deudor del CAE?: Abogado explica cómo revisar el detalle y advierte errores que pueden terminar en embargos

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con informacion de:Canal9

El cobro del Crédito con Aval del Estado, CAE, sigue generando dudas entre miles de deudores, especialmente entre quienes ya recibieron notificaciones o enfrentan procesos de embargo. Sobre este tema conversó en Nuestra Casa el abogado Rodrigo Ruiz, experto en derecho laboral, quien explicó las etapas del cobro y los pasos que deben seguir quienes mantienen deuda vigente.

El especialista aclaró que el primer error frecuente es pensar que el CAE comienza como un problema con Tesorería. Según detalló, la deuda inicialmente se mantiene con el banco que financió el crédito y solo pasa al Estado cuando el deudor deja de pagar al menos tres cuotas. En ese caso, la Tesorería General de la República asume el cobro porque el Estado ya pagó la deuda al banco.

Ruiz recomendó a quienes tengan dudas ingresar al sitio web de la Tesorería General de la República y revisar la sección “Tu deuda CAE”, donde es posible obtener gratuitamente un certificado de deuda con Clave Única. Con ese documento, las personas pueden conocer si registran deuda y cuál es el monto actualizado.

El abogado también explicó que quienes no han regularizado su situación pueden solicitar un convenio directamente en la plataforma de Tesorería, sin necesidad inicial de contratar un abogado. Estos convenios consideran tramos según el nivel de ingresos y permiten pagar la deuda en cuotas, aunque advirtió que el incumplimiento puede dejar sin efecto el acuerdo y aumentar las exigencias para una nueva renegociación.

Respecto a los embargos, Ruiz señaló que estos afectan principalmente a quienes no realizaron ningún convenio previo o no regularizaron su deuda. Además, explicó que existe controversia cuando los fondos embargados corresponden a remuneraciones depositadas en cuentas bancarias, ya que las primeras 56 UF del sueldo son inembargables, aunque al ingresar a una cuenta corriente el criterio puede discutirse judicialmente.

Finalmente, el abogado llamó a no confiar solo en eventuales anuncios políticos sobre condonación y revisar cuanto antes la situación personal. “Mientras no exista una ley vigente que condone la deuda, esta sigue existiendo y puede ser cobrada”.