El Tribunal Oral en Lo Penal de Temuco dio a conocer las sentencias de los seis condenados por la causa derivada de la fallida Operación Huracán en la región de La Araucanía. Solo dos de ellos cumplirán pena efectiva de cárcel: Alex Smith y el capitán en retiro de Carabineros Leonardo Osses Sandoval.
Por este emblemático caso fue sentenciado un civil y cinco carabineros como autores de los delitos de falsificación de instrumento público y obstrucción a la investigación.
Sentencias dictadas por fallida Operación Huracán
Alex Smith Leay, conocido como “El Profesor”, fue sentenciado a 12 años de presidio, pero se le reconoció un abono de casi 7 años por el tiempo que estuvo con medidas cautelares.
En su caso fue declarado culpable de nueve delitos de falsificación de instrumento público, ocho delitos de obstrucción a la investigación, un delito calificado de obstrucción a la investigación y un delito de uso malicioso de instrumento público falso cometido por particular.
En tanto, el capitán en retiro de Carabineros Leonardo Osses Sandoval recibió 10 años de cárcel por su responsabilidad en nueve delitos de falsificación de instrumento público y siete de obstrucción a la investigación, entre los que se incluye uno en carácter de calificado. Se le abonaron 1.347 días por el tiempo que estuvo en prisión preventiva.
Cuatro excarabineros con libertad vigilada
Respecto a los otros cuatro funcionarios de Carabineros involucrados en este caso, el tribunal determinó penas que pueden ser reemplazadas con libertad vigilada intensiva.
Gonzalo Alfonso Blu Rodríguez recibió la pena única de 5 años de presidio menor en su grado máximo por cinco delitos de falsificación de instrumento público y tres de obstrucción a la investigación. Dicha condena la cumplirá en libertad vigilada intensiva, debiendo presentarse en un Centro de Reinserción Social. Esto porque se reconoce a su favor 1.793 días de abono a la pena sustitutiva.
Lo mismo se aplicó a Patricio Alejandro Marín Lazo, condenado por iguales delitos. En su caso se abonaron 1.409 días por el tiempo que estuvo con medidas cautelares.
Por su parte, Marcelo Iván Teuber Muñoz recibió tres años y un día de presidio por el delito de falsificación de instrumento público, y otros 100 días por obstrucción a la investigación. Ambas las cumplirá en libertad vigilada intensiva.
Manuel Riquelme Mardones fue condenado a 100 días de presidio por falsificación de instrumento público y 21 días por obstrucción a la investigación. También las cumplirá en libertad vigilada.
🔴EN VIVO TOP de Temuco condena a 12 años de presidio a Alex Guillermo Smith Leay; y a 10 años de presidio a Leonardo Marcelo Osses Sandoval, como autores de falsificación de instrumento público, obstrucción a la investigación y obstrucción a la investigación calificada. pic.twitter.com/RruFrLsvA2
— Poder Judicial Chile (@PJudicialChile) April 2, 2026
Tras conocer la resolución, la abogada Karina Riquelme, que representa a los dirigentes mapuche que fueron detenidos por pruebas falsas para inculparlos en diferentes hechos de violencia, afirmó que es inentendible que los querellantes fuesen condenados en costas por las absoluciones de otros 5 acusados en esta causa.
Hechos acreditados en el juicio
En el juicio se acreditó que las herramientas de interceptación de WhatsApp y de geolocalización que Alex Smith Leay decía tener nunca existieron y que en la Operación Huracán, ocurrida en septiembre de 2017, cuando se detuvo a dirigentes mapuches, se implantaron conversaciones en sus celulares para inculparlos falsamente.
El tribunal estableció que el contenido de los informes de liberación, en los cuales se atribuía participación en ilícitos a más de 17 personas evacuadas en el marco de la ley de inteligencia por el ex DINIDICAR, Gonzalo Blu, contenía conversaciones falsas y supuestas participaciones en atentados, que resultaron no ser verídicos.




