Tras una denuncia del Sernac, la justicia condenó al local chino “Importadora Arcoíris” de Panguipulli, región de Los Ríos, al pago de una millonaria multa luego de infringir una serie de disposiciones establecidas en la ley, entre ellas, vender productos potencialmente peligrosos, rotulado en idioma distinto al castellano y no incluir el “Sello SEC” en productos eléctricos.
El Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) interpuso la denuncia ante la justicia luego de detectar, a través de una fiscalización presencial, una serie de infracciones a la Ley del Consumidor y también de normativas sectoriales.
La Unidad Judicial Regional del Sernac presentó la acción judicial ante el Juzgado de Policía Local de Panguipulli con el propósito de que se aplicara el máximo de las multas establecidas en la Ley del Consumidor (Ley 19.496) ante la gravedad de los hallazgos.
El tribunal analizó los antecedentes y finalmente le dio la razón al Sernac, estableciendo que la “Importadora Arcoíris” (Importadora Xundong Mao E.I.R.L.) infringió una serie de disposiciones, entre ellas, comercializar productos potencialmente peligrosos para la salud de las personas.
Incumplimientos detectados en local chino
El juzgado estableció que este local infringió la normativa al comercializar productos con rotulado en idioma distinto al castellano.
También vendió productos eléctricos, por ejemplo, alargadores, hervidores de agua y bolsas de agua caliente eléctricas, sin contar con el “Sello SEC”.
El local no informó el derecho a la garantía legal de los productos nuevos que salen defectuosos y no indicó el nombre y domicilio del jefe de local, entre otros incumplimientos.
Considerando la gravedad de la situación, el tribunal aplicó una serie de multas de acuerdo a los múltiples incumplimientos, sumando un total de 1.250 UTM, esto es, más de 87 millones de pesos, una de las sanciones más altas aplicadas por infracciones a la Ley del Consumidor.
Derechos de los consumidores
La Directora Nacional (s) del Sernac, Carolina González, junto con valorar la sentencia, explicó que esta decisión judicial ratifica una vez más que las empresas tienen que ser profesionales y respetar las disposiciones de la Ley del Consumidor y otras normativas que protegen a las personas, las cuales son aplicables a todos los comercios del país.
González agregó que las normativas establecen expresamente que las empresas que comercialicen productos deben cumplir con las normas de seguridad que prevengan cualquier tipo de riesgo para la salud y la seguridad de los consumidores.
“La Ley del Consumidor dispone claramente que todos los proveedores que comercialicen productos, deben hacerlo con la rotulación correspondiente, es decir, que cuenten con información relativa al uso, contenido y composición. Estos antecedentes deben estar siempre en idioma español”, explicó la autoridad.
La norma también obliga a las empresas a informar los alcances del derecho a la garantía legal cuando los productos nuevos salen defectuosos, esto es, que las personas pueden solicitar el cambio del producto, la devolución del dinero o la reparación en un plazo de 6 meses desde que se realizó la compra.
Además, la norma sectorial eléctrica indica que si los locales venden productos eléctricos deben incluir el “Sello SEC”, distintivo que implica que cumplen con la normativa vigente y, en consecuencia, no revisten riesgos para su seguridad.
En caso de detectar algún incumplimiento a sus derechos, los consumidores pueden reclamar en el Sernac por medio de su sitio web, llamando al número 800 700 100 o presencialmente en las oficinas del organismo presentes en todas las capitales regionales del país.




