El Tribunal de Antofagasta decidió no agendar, por ahora, la audiencia solicitada por la defensa de la exalcaldesa Karen Rojo para revisar la sustitución de su condena por libertad vigilada intensiva, conocida como “pena mixta”. La razón es la ausencia de un informe favorable de Gendarmería, exigencia legal previa e indispensable.
Según la resolución de este jueves, a la que accedió Bío Bío, el informe técnico de Gendarmería es un requisito básico incluso para convocar la audiencia, por lo que los antecedentes remitidos desde la prisión de Utrecht, en Países Bajos, no pueden suplir esa exigencia.
La defensa había pedido analizar la interrupción de la pena de cárcel y su reemplazo por libertad vigilada intensiva, señalando, entre otros puntos, el abono de 1.463 días a la condena y citando casos en que —aseguran— el beneficio se tramitó sin informe de Gendarmería.
El tribunal, sin embargo, precisó que el artículo 33 de la Ley 18.216 demanda expresamente un informe favorable de Gendarmería de Chile, que debe valorar aspectos como el riesgo de reincidencia, las alternativas de reinserción social, la conducta de la condenada y la viabilidad del monitoreo telemático, entre otros.
Tribunal ofició a Gendarmería
El fallo, además, instruyó oficiar a la Dirección Regional Metropolitana de Gendarmería para que evalúe si Rojo reúne las condiciones legales y, de ser así, emita el informe respectivo en un plazo máximo de 45 días.
Una vez recepcionado ese documento, si el pronunciamiento es favorable, se agendará la audiencia para discutir la pena mixta. Si el informe es negativo, esa determinación será comunicada a la defensa.




