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Magistrados enfrentan a la Suprema por cuadernos de remoción tras viajes con licencia médica

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Marcela RojasPeriodista de Radio Bío Bío en Santiago

La Asociación Nacional de Magistradas y Magistrados interpuso una tutela laboral contra la Corte Suprema, cuestionando la apertura de cuadernos de remoción a jueces que viajaron al extranjero estando con licencias médicas.

La presentación busca que se determine si el máximo tribunal afectó garantías fundamentales al iniciar estos procesos, abriendo un flanco en la justicia laboral que corre en paralelo a los requerimientos que algunos de los involucrados han llevado al Tribunal Constitucional.

El origen de la controversia está en las potestades de la Corte Suprema para indagar la conducta de los jueces. El artículo 80 de la Constitución asegura la inamovilidad judicial como resguardo de independencia, pero admite la remoción como excepción en caso de mal comportamiento.

El trámite en estos casos se rige por el Acta 108-2020 del máximo tribunal, que fija pautas para investigar la eventual responsabilidad disciplinaria de miembros del Poder Judicial y define etapas y herramientas de defensa.

Magistrados abren frente contra la Suprema por cuadernos de remoción

El constitucionalista de la Universidad Diego Portales, Leonardo Ortiz, señaló que abrir un cuaderno de remoción es una medida extraordinaria que puede iniciarse de oficio por la Corte Suprema o a petición del Presidente de la República.

A su entender, una nota distintiva del procedimiento es que las determinaciones que adopta la Suprema en esta materia no tienen otra instancia judicial que las revise.



De todos modos, algunos magistrados han acudido al Tribunal Constitucional para impugnar normas aplicadas en sus causas. La presidenta de la Corte Suprema, Gloria Ana Chevesich, respaldó esa vía, afirmando que es un derecho de los jueces cuando estiman que una disposición contraviene la Carta Fundamental.


Respecto de los efectos, el académico de la Universidad Central, Claudio Pimentel, precisó que una suspensión otorgada por el TC solo ampara al juez que la solicitó, por lo que los demás cuadernos pueden seguir su curso.

Además, advierte de una posible fricción institucional, dado que el Tribunal Constitucional tiene facultades para examinar los autos acordados de la Corte Suprema.


En este escenario, la tutela laboral de la asociación instala en la jurisdicción laboral el debate sobre una posible lesión de derechos, mientras los recursos ante el TC abren un segundo frente en torno a las normas y procedimientos aplicados por la Suprema.