A 53 años del golpe de Estado del 11 de septiembre de 1973, el caso de Bernarda Vera, quien por décadas fue considerada detenida desaparecida, volvió al foco público tras confirmarse que está con vida.
El descubrimiento no solo llevó al Estado a suprimir oficialmente su nombre del Registro de Personas Ausentes por Desaparición Forzada, sino que también abrió dudas sobre posibles efectos administrativos, civiles o penales derivados del caso, especialmente por los beneficios que recibió su familia durante estos años.
Docente de educación básica y militante del MIR y del Movimiento Campesino Revolucionario, tenía 27 años cuando se perdió su rastro en octubre de 1973. Durante años, la versión oficial —recogida en el Informe Rettig— la presentó como una detenida ejecutada en el sector del río Toltén.
No obstante, una reciente resolución publicada en el Diario Oficial ordenó eliminarla formalmente del Registro de Personas Ausentes por Desaparición Forzada, luego de constatarse que fue hallada con vida en Argentina.
Esta decisión abrió múltiples preguntas sobre los registros estatales, los beneficios que percibió su familia y las responsabilidades que eventualmente podrían determinarse.
¿Puede existir responsabilidad penal?
Desde la óptica judicial, el dictamen del ministro en visita Álvaro Mesa concluye que Vera “no fue secuestrada, ni tampoco falleció producto del ataque de terceros”.
Entre las principales dudas surgidas tras conocerse el caso está si pudo existir algún tipo de fraude ligado a pensiones o indemnizaciones pagadas a su familia.
Sin embargo, para atribuir una eventual responsabilidad penal se requiere acreditar elementos adicionales al mero hecho de que Vera haya aparecido con vida.
De acuerdo con los antecedentes de la investigación, su familia no habría sabido dónde se encontraba.
A ello se suma el contexto de su desaparición. La indagatoria determinó que Vera fue detenida por agentes del Estado tras el golpe de Estado, en un periodo en que numerosas personas salieron clandestinamente del país ante el riesgo de persecución.
En este marco, el abogado y académico de la Facultad de Derecho y Humanidades de la Universidad Central, Sebastián Kaufmann, señaló a BioBioChile que uno de los delitos que eventualmente podría examinarse es el aprovechamiento fraudulento de beneficios estatales.
No obstante, para que ello se configure, sería indispensable establecer si existieron acciones conscientes destinadas a obtener prestaciones que se sabía que no correspondían.
“Habría que probar que hubo acciones positivas fraudulentas, por ejemplo, que se le hubiera pedido a la hija algún certificado y ella lo hubiera proporcionado sabiendo que su madre estaba viva. O sea, habría que acreditar que hubo actos positivos que llevaron al fraude”, explicó.
Según Kaufmann, la simple omisión o el silencio no serían suficientes por sí solos para que se configure ese ilícito.
“Si ella venía huyendo de una situación traumática en muchos sentidos, traumática psicológicamente, puede haber habido un temor comprensible a su integridad, y además, si nos comienzan a pagar un beneficio y callamos, es difícil que ese mero silencio sea suficiente. Otra cosa es que tú postules a un beneficio sabiendo que no te corresponde. Ahí ya estaríamos frente a un fraude”, sostuvo.
En consecuencia, el término o una eventual devolución de los beneficios entregados por el Estado constituye una discusión distinta a la penal, que debería ser resuelta por los tribunales y requeriría demostrar una conducta fraudulenta.
CDE revisa el caso y finalizan beneficios para la hija de Vera
Aun antes de que Vera fuera oficialmente removida del registro, ya se discutía qué pasaría con las indemnizaciones y beneficios percibidos por su familia.
El ministro de Justicia, Fernando Rabat, señaló anteriormente que “el Estado de Chile, el fisco de Chile, a través del Consejo de Defensa del Estado, está en la situación de requerir todo pago que no tenga una causa que lo justifique, con independencia de si quien lo recibió está de buena o mala fe. Es una cuestión de orden objetivo”.
Ante consultas de BioBioChile, el Consejo de Defensa del Estado (CDE), órgano que representa judicialmente los intereses patrimoniales del Fisco, confirmó que inició el análisis de los antecedentes tras ser remitidos por el Ministerio de Justicia.
En esa línea, indicaron que luego establecieron coordinaciones con la Subsecretaría de Derechos Humanos y el Instituto de Previsión Social (IPS) para avanzar en las acciones administrativas pertinentes.
“A fin de dar continuidad a esta labor y avanzar en las medidas administrativas pertinentes a partir de la verificación, por el ministro en visita Álvaro Mesa Latorre, de que Bernarda Vera se encuentra con vida y reside en la República Argentina”, dijeron.
Además, el CDE informó que los beneficios que percibía la hija de Vera fueron suspendidos por el IPS tras verificarse que dejó de cumplirse la condición habilitante para acceder a ellos.
“Cabe destacar que este 10 de septiembre se publicó en el Diario Oficial la resolución de la cartera de Justicia que ordena la cancelación formal del Registro Nacional de Personas Desaparecidas, y se avanzó, asimismo, en materializar el término definitivo de beneficios sociales a su familia, suspensión efectuada por el IPS (que en este caso es solo una hija) al dejarse de cumplir la calidad que habilitaba a percibirlos, todo lo anterior en resguardo de los recursos del Estado”, afirmaron.
La suspensión de pagos, no obstante, no implica por sí sola la existencia de responsabilidad penal, aspecto que tendría que definirse en una eventual investigación.
¿Qué implica el caso para el Plan Nacional de Búsqueda?
El hallazgo de Bernarda Vera también generó debate sobre el funcionamiento del Plan Nacional de Búsqueda y los mecanismos empleados para determinar el destino de víctimas de desaparición forzada.
Quienes integraron ese trabajo sostienen que la propia búsqueda permitió establecer que Vera seguía viva.
La periodista especializada en derechos humanos Pascale Bonnefoy, quien formó parte del Plan Nacional de Búsqueda entre marzo de 2024 y enero de 2026, respaldó esta mirada y afirmó que “aquí no hubo un engaño y es un caso muy excepcional”.
“El caso de Bernarda Vera es un éxito del Plan Nacional de Búsqueda, porque efectivamente fue una búsqueda y con resultados de destino final”, sostuvo.
Desde esta perspectiva, el propósito de una política de búsqueda no se limita a localizar restos, sino a esclarecer cuál fue el destino de una persona cuyo paradero permanecía sin determinar.
La exjefa del Programa de Derechos Humanos, Paulina Zamorano, también defendió el trabajo realizado y afirmó que fueron precisamente las diligencias emprendidas las que permitieron cuestionar los antecedentes existentes sobre Vera.
“La duda surgió gracias al trabajo del Plan Nacional de Búsqueda, desarrollado pese al silencio y la falta de colaboración de quienes cometieron y encubrieron estos crímenes”, dijo.
Agregó que “los responsables de estos crímenes nunca han colaborado con la justicia. El Estado ha tenido que reconstruir los hechos décadas después con información fragmentaria y archivos incompletos”.
Este episodio, a su vez, abrió preguntas sobre los mecanismos históricos de verificación y actualización de los listados de víctimas, considerando que Vera permaneció inscrita durante décadas entre los casos de desaparición forzada.
Rutas posibles tras el caso Bernarda Vera
En cuanto a los pasos futuros, Kaufmann delineó varios escenarios que dependerán de las decisiones institucionales y de nuevos antecedentes que pudieran surgir.
Una primera vertiente es administrativa, que abarca su eliminación de los registros pertinentes y el fin de los beneficios ligados a su condición de víctima de desaparición forzada.
En el ámbito judicial, la causa a cargo del ministro Mesa podría cerrarse respecto de los supuestos delitos de homicidio o desaparición en relación con Vera, dado que fue encontrada con vida.
Un escenario distinto sería la apertura de una eventual investigación penal si emergieran antecedentes que permitieran presumir acciones fraudulentas para obtener beneficios del Estado.
A ello podría añadirse una dimensión civil, vinculada a una eventual restitución de recursos pagados por el Estado, asunto distinto a la definición de responsabilidades penales.
Para Kaufmann, el caso también podría influir en la discusión pública sobre las políticas de búsqueda de personas desaparecidas durante la dictadura. No obstante, advirtió que la aparición con vida de Vera no habilita extrapolar su situación al conjunto de las víctimas.
“Puede que existan algunos casos donde esas personas no hayan desaparecido, pero eso en nada desacredita el hecho de que hubo una cantidad enorme de personas que fueron víctimas de la violencia y de la represión estatal”, sostuvo.
“No desacreditan nada la necesidad de seguir buscando”, concluyó.
A más de cinco décadas de lo ocurrido, los procesos de verdad y justicia han permitido reconocer 40 mil víctimas de la dictadura cívico-militar. Entre ellas, figuran 38 mil personas prisioneras o torturadas y 3.215 fallecidas, con 1.747 correspondientes a cuerpos de ejecutados entregados y 1.468 detenidos desaparecidos, de los cuales 307 han sido hallados e identificados hasta hoy, faltando 1.161 por encontrar.




