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¿Debe la Fiscalía investigar uso de IA en sentencia contra médico colombiano? Suprema ya delimitó límites

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Gustavo Donat Sandoval, Néstor AburtoPeriodista. Editor de prensa de BioBioChile.

No se trata de vetar el uso de la inteligencia artificial en los tribunales. Bien aplicada, puede servir para ordenar datos y acelerar trámites. Lo que debe definirse es si esa tecnología se empleó para desempeñar una función que, por mandato legal y constitucional, corresponde exclusivamente a los jueces: valorar la prueba y fallar sobre un caso.

Esa es la arista que, en relación con la condena al médico colombiano Samir Rivaldo Hernández, podría derivar en consecuencias administrativas y eventualmente penales. El facultativo fue condenado a 21 años y un día de prisión efectiva por fraude reiterado de subvenciones, emisión de licencias médicas falsas, asociación ilícita y lavado de activos.

La defensa interpuso un recurso de nulidad ante la Corte Suprema para dejar sin efecto la resolución del Séptimo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago. En el escrito se sostiene que una parte central del fallo —que comprende 308 tomos y 456 mil páginas— habría sido redactada con herramientas de inteligencia artificial y transcripciones automáticas que no habrían sido revisadas de forma adecuada, en contravención del Auto Acordado de la Corte Suprema de noviembre de 2025.

La argumentación jurídica no apunta a un fallo aislado. Los abogados del médico colombiano afirman que en la sentencia aparecen nombres distorsionados, cifras contradictorias, datos inexistentes y referencias que, a su juicio, evidencian la ausencia de una revisión directa y personal de la prueba presentada a lo largo de 122 jornadas de juicio.

Lo preocupante, según el recurso, es que eso habría alcanzado precisamente la tarea de valoración probatoria. Es decir, una función que no puede delegarse.

Y aunque la defensa tendrá que acreditar sus planteamientos en la audiencia en que se resolverá la nulidad, para algunos los antecedentes ya conocidos justificarían que el Ministerio Público investigue si existe una eventual infracción penal en la forma en que fue elaborada la resolución, en relación con el artículo 225 Nº 2 del Código Penal.

El antecedente que salió a la luz

El caso del médico colombiano trascendió la mañana de este miércoles. Sin embargo, horas después apareció otro antecedente que elevó el debate sobre el uso de IA.

En un expediente tramitado ante la Novena Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, se incorporaron en una resolución firmada por los miembros de la sala las instrucciones dirigidas a una herramienta de inteligencia artificial para redactar una resolución.

El contenido indicaba: “Eres un juez de la Corte de Apelaciones que debe redactar la parte considerativa de la sentencia [rechazando/acogiendo] el recurso. Dicha sentencia debe ser redactada siguiendo estas instrucciones”.

Al conocerse lo ocurrido, la Corte corrigió la resolución y ordenó suprimir las páginas improcedentes del expediente. “Advirtiendo esta Corte que en esta causa se encuentra agregado un antecedente que no corresponde a estos autos, elimínese”, apuntó el tribunal de alzada.

Ambos episodios son distintos en su naturaleza. El primero proviene de una impugnación de la defensa del médico colombiano, que deberá resolver la Corte Suprema. El segundo puso en evidencia el uso de un prompt de IA en una resolución de tipo “se confirma” o “se rechaza”.

La Corte Suprema ya había establecido una norma

En noviembre de 2025, la Corte Suprema dictó su Código de Ética Judicial. El texto no prohíbe la utilización de inteligencia artificial ni de otras tecnologías; reconoce, de hecho, que pueden ofrecer “eficiencia, rapidez en la tramitación y apoyo en la organización de la información”.

No obstante, fija un límite sin espacio para interpretaciones. “La decisión judicial es siempre una tarea humana y su responsabilidad es indelegable”, establece el artículo 17.

El mismo documento agrega que “ningún sistema automatizado puede sustituir el juicio de quien ejerce jurisdicción ni condicionar su independencia e imparcialidad”.

El texto impone además obligaciones concretas. La magistratura debe ejercer “un control significativo” sobre la herramienta empleada, conocer su funcionamiento básico, saber qué datos alimentan al sistema y poder explicar cuál fue el papel de la tecnología en una decisión determinada.

No se trata de una recomendación vaga: entre sus orientaciones prácticas, el Código exige que los jueces “verifiquen siempre de manera independiente las respuestas, citas o referencias que provengan de sistemas de inteligencia artificial antes de utilizarlas en resoluciones o actuaciones jurisdiccionales”.

Igualmente, ordena abstenerse de incorporar en sistemas no autorizados antecedentes de causas, grabaciones de audiencias o datos personales de las partes intervinientes.

Y advierte que uno de los riesgos es la “delegación de funciones críticas como la valoración de la prueba o la decisión del litigio”.

La arista penal que debe aclararse

El Código de Ética Judicial aclara que sus normas no generan por sí mismas sanciones administrativas ni crean obligaciones jurídicas nuevas. No obstante, el documento establece el estándar de diligencia que la propia Corte Suprema exige a quienes imparten justicia al utilizar IA.

Eso puede tener implicancias respecto del artículo 225 Nº 2 del Código Penal. Dicha norma sanciona a quien, por negligencia o ignorancia inexcusable, contravenga las leyes que regulan la sustanciación de los juicios de manera tal que produzca nulidad total o sustancial.

En la práctica, si una investigación fiscal concluye que en la sentencia se alteraron antecedentes decisivos; que se incorporaron citas inexistentes; que se delegó la valoración de la prueba; o que información reservada fue subida a plataformas públicas, podría situar en una delicada posición penal a los magistrados que rubricaron esa resolución.

Por ahora, lo que está publicado es lo que contiene el recurso de nulidad presentado por el condenado a 21 años, ya que el Tribunal respondió que no estaba en condiciones de certificar el uso de Inteligencia Artificial, negando la información.

En paralelo, el Poder Judicial está preparando un Auto Acordado para regular el uso de herramientas de inteligencia artificial en sus tribunales. La iniciativa se tratará en las próximas jornadas de reflexión judicial y pretende establecer criterios comunes, salvaguardas y límites para su utilización, especialmente en lo relativo al deber de preservar el control humano e indelegable sobre las decisiones jurisdiccionales.