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Gobierno promulga Ley de Reconstrucción pese a suspenderse la ceremonia por aluvión

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Gustavo Donat Sandoval, María José de la BarraPeriodista. Editor de prensa de BioBioChile.

El subsecretario del Interior, Máximo Pavez, confirmó este viernes que el presidente José Antonio Kast promulgó la Ley de Reconstrucción Nacional, a pesar de que la ceremonia oficial fue suspendida por el aluvión ocurrido en el sector de San Carlos de Apoquindo, en Las Condes.

“El Presidente de la República ha promulgado el proyecto de Ley de Reconstrucción. En medio de una emergencia, como la que estamos viviendo en la Región Metropolitana, no solamente en Las Condes, también en la comuna de Talagante. En medio de este sistema frontal, el Gobierno sigue avanzando en las prioridades que son urgentes para poder levantar a nuestro país”, aseguró la autoridad.

De este modo, el Ejecutivo formalizó la promulgación de la iniciativa en la fecha originalmente prevista, aunque no se llevó a cabo la ceremonia pública que encabezaría el mandatario.

Hay que recordar que la cancelación del acto fue comunicada la tarde del jueves, luego de que las fuertes precipitaciones desencadenaran un aluvión en San Carlos de Apoquindo, que arrastró vehículos y provocó daños en viviendas e infraestructura.

La situación de emergencia motivó el despliegue de autoridades y equipos especializados para dimensionar los perjuicios y coordinar las labores de respuesta.

Ley de Reconstrucción: los pasos a seguir tras la promulgación

En su intervención, Pavez indicó que la promulgación se concretó una vez que el Ejecutivo recibió este viernes el oficio de ley remitido por la Cámara de Diputadas y Diputados, en su calidad de cámara de origen.

“Esta es una muy buena noticia que nos da esperanzas para volver a impulsar nuestra economía, avanzar en certeza jurídica y, por supuesto, fomentar el crecimiento necesario en inversión y empleo”, afirmó el subsecretario.

Asimismo, precisó que el decreto promulgatorio será enviado a la Contraloría General de la República para su toma de razón, trámite previo a la publicación de la ley en el Diario Oficial.

Una vez que ese proceso se complete, la normativa podrá entrar en vigencia conforme a los plazos que establecen sus propias disposiciones.

¿Cuándo comenzarán a regir las medidas de la Ley de Reconstrucción?

Según el documento de plazos de implementación de la Ley de Reconstrucción Nacional, no todas las disposiciones comenzarán a regir al mismo tiempo.

La regla general indica que la entrada en vigencia será el primer día del mes siguiente a su publicación en el Diario Oficial, aunque hay medidas con fechas específicas y otras que dependerán de la dictación de reglamentos.

Entre las normas incluidas figuran la ampliación de beneficios tributarios para viviendas DFL2, el crédito tributario para financiar tratamientos por enfermedades catastróficas y la exención de ganancias de capital, cuya vigencia está proyectada para el 1 de enero de 2027.

Por su parte, la exención de contribuciones para adultos mayores de 65 años empezará a regir el 1 de enero del año siguiente a la publicación de la ley.

La iniciativa también incorpora un Fondo de Emergencia Transitorio por Incendios, cuya vigencia se extenderá hasta el 31 de diciembre de 2028, junto con mecanismos de información y rendición de cuentas sobre la ejecución de sus recursos.

Además, se incluyen medidas transitorias, como facilidades de pago ante la Tesorería General de la República durante 180 días desde la publicación de la normativa.

Así, aunque la promulgación ya fue realizada por el Presidente, la puesta en marcha de las distintas disposiciones dependerá de su publicación oficial y de los plazos específicos establecidos en la ley.