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ENAP Aconcagua enfrenta cargos de la SMA por entregar información falsa y una multa de hasta US$19 millones

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Escrito por:Daniela SalgadoPeriodista de Prensa en BioBioChile.

La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) presentó cargos gravísimos contra ENAP Refinería Aconcagua, ubicada en Concón, por reportar datos falsos sobre la eficiencia de recuperación de azufre y entregar información deliberadamente imprecisa de las emisiones de SO₂ al excluir la corriente de flaring (antorchas). Ante estos incumplimientos, la compañía estatal se expone a multas que, en total, superan los US$ 19 millones.

La decisión se tomó luego de constatar diversas infracciones a las obligaciones ambientales del Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica (PPDA) aplicable a Concón, Quintero y Puchuncaví, además de incumplimientos de la Norma de Emisión de Ruidos.

ENAP habría alterado los datos internamente

El proceso sancionatorio incluye cuatro cargos ambientales, dos de ellos calificados inicialmente como gravísimos por la ocultación, modificación y presentación deliberadamente imprecisa de información técnica, lo que habría impedido que la SMA ejerciera a tiempo sus facultades fiscalizadoras y sancionatorias.

El primer cargo gravísimo apunta al incumplimiento de la eficiencia anual mínima de 98% del Sistema de Recuperación de Azufre (SRA) durante 2023, 2024 y 2025. La revisión técnica determinó que la empresa estatal modificó internamente los datos enviados a la SMA para aparentar que cumplía, pese a no alcanzar los umbrales exigidos por ley. Al recalcular las cifras, las eficiencias efectivas resultaron ser de 94,1% en 2023, 90,5% en 2024 y 90,2% en 2025.

El segundo cargo gravísimo se relaciona con la superación del máximo autorizado de emisiones de dióxido de azufre (SO₂), establecido en 1.145 toneladas anuales. Durante años, la empresa dejó fuera de sus reportes oficiales la corriente de flaring (quema de gases en antorchas), que es la segunda fuente más importante de emisiones de la refinería.

Al volver a estimar técnicamente las emisiones, la SMA estableció que ENAP sobrepasó el límite fijado: las emisiones alcanzaron 1.277 toneladas de SO₂ en 2023 y 1.168 toneladas en 2024.

El superintendente del Medio Ambiente, Emanuel Ibarra, recalcó la seriedad de los hechos y sostuvo que “el cumplimiento del Plan de Descontaminación de Concón, Quintero y Puchuncaví no es opcional, y entregar información veraz y completa a la autoridad es algo básico. Los antecedentes analizados por la División de Fiscalización dan cuenta de que los datos entregados por la empresa acerca de la recuperación de azufre y las emisiones de sus antorchas no representaban lo que ocurría en realidad, lo que habría impedido que la SMA ejerciera sus atribuciones”.

También señaló: “Si la información que recibimos es falsa o incompleta, la SMA utilizará todas sus facultades. Estamos cruzando los antecedentes que las empresas ingresan en los distintos sistemas para detectar posibles casos de entrega de información falsa. Sabemos que la empresa ha adoptado decisiones corporativas sobre estos hechos, pero este procedimiento busca establecer la responsabilidad ambiental”.

Junto a los dos cargos gravísimos, se formularon otros dos que fueron clasificados como leves.

Uno corresponde a la falta de validación del CEMS: después de tres años desde el reinicio de operaciones con el sistema Wet Gas Scrubber, no se había validado el monitoreo continuo de emisiones (CEMS) para material particulado (MP), dióxido de azufre (SO₂), óxidos de nitrógeno (NOx) y flujo de gases de la unidad de cracking catalítico.

Según se indicó en el documento, “esta omisión afecta la entrega de datos en línea a la ciudadanía establecida en el artículo 53 del PPDA”.

El otro cargo se refiere a la infracción de la norma sobre ruidos. En mediciones realizadas en terreno durante noviembre y diciembre de 2025, en receptores sensibles de Zona II, la empresa superó los límites nocturnos de presión sonora. Se registraron hasta 57 dB(A), por encima del máximo de 45 dB(A) establecido en el D.S. N° 38/2011 MMA.

Además, se indicó que “este cargo está relacionado con 16 denuncias ciudadanas previas por ruidos, vibraciones e inestabilidad operacional del sistema de antorchas”.

La empresa estatal se expone a multas de US$ 19 millones

Las infracciones gravísimas, según se explicó, pueden sancionarse con la revocación de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA), la clausura o multas de hasta 10.000 Unidades Tributarias Anuales (UTA) por cada cargo. En tanto, las infracciones leves pueden recibir una amonestación por escrito o multas de hasta 1.000 UTA.

Por lo tanto, si el dictamen sancionatorio confirma las responsabilidades, la empresa estatal podría enfrentar una sanción teórica máxima de 22.000 UTA en total, equivalente a cerca de US$ 19 millones.

ENAP Refinerías S.A. cuenta con un plazo total, ampliado de oficio, de 15 días hábiles para presentar un Programa de Cumplimiento (PDC) y con 22 días hábiles para entregar sus descargos ante la Superintendencia del Medio Ambiente.

Por último, la SMA enviará los antecedentes al Ministerio Público y a la Contraloría General de la República, ante la posible existencia de delitos y otros incumplimientos relacionados con el caso.

ENAP revisa los cargos presentados por la SMA

Mediante un comunicado, ENAP informó que está revisando detalladamente los cargos de la SMA contra Refinería Aconcagua y que decidirá los pasos a seguir dentro de los plazos establecidos, de acuerdo con la legislación ambiental”.

En su declaración, la empresa sostuvo que fue ella quien denunció los hechos después de detectar inconsistencias en los datos reportados. También reiteró que las emisiones no causaron daños ni afectaron a la población. Revisa más información aquí.