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La empresa deberá indemnizar a la familia de un trabajador que murió en un accidente laboral hace siete años

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Escrito por:Sergio SilvestrePeriodista
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La información es de:Atacama NoticiasMedio de comunicación de la Región de Atacama en convenio con BioBioChile.cl

Un relevante fallo judicial se dictó en una causa relacionada con un accidente de trabajo ocurrido en julio de 2019 en el terminal de buses de Tur Bus, en la comuna de Vallenar, región de Atacama. Un trabajador de 25 años murió mientras efectuaba labores mecánicas en un vehículo de transporte.

Luego de más de siete años de proceso, la Corte Suprema desestimó los recursos de casación en la forma y en el fondo interpuestos por la empresa demandada. De este modo, quedó vigente la sentencia que fijó indemnizaciones para los padres, la conviviente y la hija del trabajador fallecido.

Según los antecedentes de la causa, el accidente tuvo lugar el 28 de julio de 2019, alrededor de las 14:00 horas, dentro del terminal situado en calle Prat, en Vallenar.

El trabajador realizaba labores de mantenimiento mecánico en un bus de la empresa Cóndor Bus, cuando el vehículo se movió y lo aprisionó contra un muro.

Aunque llegaron equipos de emergencia y se realizaron maniobras de auxilio, el trabajador murió en el lugar debido a la gravedad de sus lesiones.

El informe del Servicio Médico Legal determinó que la causa de muerte fue un politraumatismo, principalmente a raíz de la compresión torácica ocasionada por el bus.

Sus familiares interpusieron una demanda civil por indemnización de perjuicios contra Empresa de Transportes Rurales SpA, conocida comercialmente como Tur Bus. Alegaron que hubo falencias en las medidas de seguridad y en la supervisión de las tareas que realizaba el trabajador.

En primera instancia, el Cuarto Juzgado Civil de Santiago acogió parcialmente la demanda y concedió $5 millones a cada uno de los cuatro demandantes, por un total de $20 millones por daño moral.

La familia apeló el fallo y, en julio de 2025, la Corte de Apelaciones de Santiago elevó de manera significativa las indemnizaciones.

El tribunal fijó $60 millones para cada uno de los padres del trabajador y $50 millones para su conviviente y para la hija que tenían en común.

Además, concedió $29.234.404 por lucro cesante, para compensar la pérdida económica derivada del fallecimiento y el aporte que el trabajador habría podido entregar a su hija.

Así, las indemnizaciones sumaron en total $249.234.404.

Empresa buscó revertir el fallo

La empresa acudió a la Corte Suprema para intentar anular la decisión de segunda instancia. Entre otros planteamientos, objetó la valoración de un informe toxicológico incorporado durante el proceso y afirmó que la conducta del trabajador habría influido en el accidente.

Asimismo, impugnó el reconocimiento del lucro cesante, alegando que no había certeza suficiente sobre los ingresos que el trabajador habría obtenido a lo largo de su vida laboral.

Sin embargo, la Primera Sala de la Corte Suprema rechazó ambos recursos en una sentencia dictada el 19 de octubre de 2026.

El máximo tribunal señaló que los recursos no satisfacían los requisitos jurídicos necesarios para ser acogidos, en particular en cuanto a las normas legales que debían sustentar los cuestionamientos planteados.

Con este fallo se conserva la decisión de la Corte de Apelaciones de Santiago, que atribuyó responsabilidad a la empresa por la seguridad laboral y determinó las indemnizaciones para los familiares.