Convenio suscrito en 2022: GORE Biobío pide a Fundación Antonia restituir $51 millones

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El Gobierno Regional del Biobío exige a la Fundación Antonia la devolución de $51 millones por no cumplir con el convenio del Programa de Atención a Sobrevivientes de Violencia de Género. La presidenta del directorio de la Fundación, Consuelo Hermosilla, cobró $2.200.000 mensuales sin tener la formación necesaria para el cargo de coordinadora del programa. La Fundación tiene la tarea de reembolsar el dinero y designar a un coordinador calificado o podría enfrentar la cancelación del proyecto.

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El Gobierno Regional del Biobío solicitó a la Fundación Antonia restituir $51 millones por incumplimientos en el convenio suscrito el 15 de diciembre de 2022 —bajo la administración de Rodrigo Díaz— para ejecutar el Programa de Atención y Formación de Sobrevivientes de Violencia de Género en la región del Biobío.

En el convenio se acordó que la entidad receptora (el GORE) obligaba a designar un profesional encargado del programa y un coordinador del mismo. En el caso del último, sería la persona responsable de mantener el continuo contacto con el Gobierno Regional.

Directora y coordinadora del programa

No obstante, ese cargo lo asumió Consuelo Hermosilla, quien además es presidenta del directorio de la Fundación Antonia y representante legal de la misma, recibiendo por el convenio un pago mensual de $2.200.000.

El problema radica en que Hermosilla no cuenta con los estudios académicos y de formación en una carrera profesional que la acredite y habilite para ejercer esa función. En efecto, se incumplió la cláusula tercera del convenio que “exige que dicha labor sea cumplida por un profesional”.

Es más, de acuerdo al documento al que tuvo acceso Radio Bío Bío en Concepción, a la fecha, “no se ha cumplido con el requisito antes señalado. En efecto, se presentó currículum del equipo que ejecutará el programa sin que el coordinador designado por la Fundación, para tal fin, cumpla con el requisito OBLIGATORIO señalado en el convenio”.

Por lo anterior es que se rechazó el gasto y la entidad ejecutora deberá “proceder al reintegro de los recursos, por concepto de horarios de coordinación del programa, por no cumplirse la finalidad establecida para este ítem, en conformidad al convenio suscrito entre las partes”.

Pero no es lo único; la Fundación además deberá nombrar un coordinador del programa que cumpla con los requisitos o de lo contrario significaría “un incumplimiento susceptible de iniciar el término anticipado a la ejecución del mismo”.