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Las intensas lluvias, inundaciones, cortes de caminos y fallas en los servicios básicos han impedido que muchas personas puedan asistir a sus lugares de trabajo o cumplir con sus funciones en modalidad de teletrabajo. Frente a este escenario, la consultora laboral de Auditeris, Geraldine Ortiz, explicó cuáles son los derechos de los trabajadores durante una emergencia.
La especialista señaló que cuando existe una imposibilidad real y objetiva para llegar al trabajo o conectarse debido a cortes de electricidad, internet, anegamientos o problemas de transporte, la ausencia o el atraso se encuentran justificados. En estos casos, el trabajador debe informar la situación a su empleador tan pronto como le sea posible, aunque aclaró que si las condiciones impiden comunicarse de inmediato, esa circunstancia también debe ser considerada.
Ortiz indicó que es recomendable reunir antecedentes que acrediten la situación, como fotografías, capturas de pantalla de avisos de cortes de suministro eléctrico o de internet, registros de inundaciones o cualquier otro medio que permita demostrar que la emergencia impidió trabajar.
Asimismo, explicó que el tiempo no trabajado puede recuperarse mediante un acuerdo entre ambas partes. Sin embargo, si ello no es posible, el empleador no puede descontar remuneraciones por una ausencia provocada por una situación de emergencia debidamente justificada.
La consultora recordó que la legislación obliga a los empleadores a resguardar la vida y la salud de sus trabajadores. Si existe un riesgo grave e inminente, las empresas deben adoptar medidas para evitar la exposición de su personal e, incluso, suspender las faenas cuando corresponda.
También recomendó que las organizaciones cuenten con protocolos para este tipo de contingencias y, cuando sea posible, implementen temporalmente el teletrabajo para evitar traslados riesgosos.
En caso de que un trabajador reciba descuentos, sanciones o sea obligado a exponerse a una situación de peligro, puede presentar una constancia o una denuncia ante la Dirección del Trabajo, organismo que puede fiscalizar a la empresa y aplicar las sanciones que correspondan

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