Un hombre chileno, residente en Melipilla y con diagnóstico de ludopatía, presentó un recurso de protección contra TNT Sports y la ANFP, acusándolos de promover casas de apuestas y casinos en línea de origen extranjero que califica como ilegales. La acción, ingresada el 29 de junio en la Corte de Apelaciones de Santiago, sostiene que esta publicidad afecta la integridad física y psíquica del recurrente y pide que se ordene a los involucrados suspender toda propaganda de apuestas en las transmisiones del fútbol chileno.
El escrito afirma que TNT Sports y la ANFP controlan la transmisión del fútbol nacional y que, en ese contexto, difunden abiertamente contenidos vinculados a plataformas de apuestas, mencionando ejemplos como jugabet, coolbet y betano. Sostiene que, para quienes padecen adicción al juego, la exposición constante a estos mensajes agrava su condición, y califica la conducta de los recurridos como un fomento de actividades ya consideradas contrarias a la ley por la justicia. El abogado incluso compara esta situación con publicitar sustancias ilícitas.
El demandante alega que el incremento de la publicidad de casinos en línea en los últimos dos años ha sido evidente, y que durante la Copa Chile del 29 de junio de 2026 contabilizó al menos 16 avisos que lo incitaban a apostar. Como antecedente, recuerda que el tabaco y el alcohol fueron excluidos como auspiciadores del fútbol en Chile, cuestionando que se tolere la promoción de una actividad que considera ilícita. Por ello, solicitó que se acoja el recurso, se ordene cesar la publicidad de apuestas en el fútbol chileno, e incluso se paralicen transmisiones y avisos por la urgencia y el impacto psíquico alegado.
La Corte de Apelaciones, sin embargo, declaró inadmisible la presentación. En su resolución, el tribunal precisó que el recurso de protección busca restablecer el derecho frente a actos u omisiones arbitrarios o ilegales que lesionen garantías expresamente señaladas en el artículo 20 de la Constitución, y concluyó que el escrito no expuso hechos que configuraran vulneración de esas garantías. Con base en la normativa aplicable al trámite de estos recursos, la Corte determinó rechazarlo por inadmisible.




