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Decretos de Rabat dejaron en libertad a extorsionadores que se hacían pasar por miembros del Tren de Aragua

foto Samuel Fuentes
Escrito por:Samuel FuentesPeriodista de Prensa en BioBioChile

El ministro de Justicia, Fernando Rabat, enfrenta un nuevo cuestionamiento luego de las críticas por las rebajas de condena otorgadas a 56 personas condenadas por delitos sexuales contra menores, que quedaron en libertad. A esto se suma que se conoció que tres venezolanos que dijeron pertenecer al Tren de Aragua también recibieron el beneficio.

De acuerdo con Interferencia, los tres integraban un grupo de cuatro ciudadanos venezolanos arrestados en La Serena en diciembre de 2021. Se les acusó de amenazar a mujeres migrantes y cobrarles semanalmente para dejarlas trabajar en el comercio sexual.

Los hombres dijeron a las víctimas que formaban parte del Tren de Aragua. Aunque no recibieron una condena por integrar esa banda ni fueron acusados de secuestro, sí quedaron formalizados por robo con intimidación y tenencia ilegal de armas prohibidas y municiones. Más tarde, en agosto de 2022, cada uno recibió una condena de cinco años y un día de cárcel.

El medio citado informó que tres de los sentenciados obtuvieron reducciones de sus penas durante el actual Gobierno. Franyorkin Aramburu Hernández recibió una rebaja de nueve meses; a Winder Marott Morán y Jhonder Ollarves Berbesi se les descontaron tres meses a cada uno.

Rabat firmó los decretos de Aramburu y Marott el 6 de julio y el 4 de septiembre, en ese orden. El documento relativo a Ollarves, por su parte, fue firmado el 7 de septiembre por el subsecretario de Justicia, Luis Silva, quien actuaba como ministro subrogante.

El criterio conocido como “Doctrina Rabat”

Las resoluciones fundamentaron las rebajas en la postura sostenida por el Ministerio de Justicia, denominada “Doctrina Rabat”.

En particular, según publicó Interferencia, los decretos aluden a una sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago. Esta señala que, si no se presentan las causales de exclusión previstas en el artículo 17 de la ley, el Ministerio de Justicia “no está habilitado para denegar” el beneficio basándose en la gravedad del delito o en el bien jurídico protegido.

Asimismo, las resoluciones citan fallos de la Corte Suprema para plantear que, cuando se satisfacen las exigencias legales, el Ministerio debe emitir el decreto que otorga la reducción.

Por esa razón, el Ministerio sostiene que no puede rechazar las solicitudes, dado que, de acuerdo con su interpretación, la ley y los precedentes judiciales no se lo permiten.

Dos de los condenados ya salieron de prisión

La investigación de Interferencia agrega que los tres sentenciados obtuvieron la calificación de conducta sobresaliente requerida para acceder a la rebaja, aunque durante su tiempo en prisión registraron faltas al régimen penitenciario.

En cuanto a Aramburu, la Comisión de Libertad Condicional habría denegado su petición de salida anticipada en octubre de 2025.

Los cuatro condenados debían cumplir sus penas hasta el 8 de diciembre de 2026 antes de que se aplicaran las reducciones. Sin embargo, los decretos modificaron las fechas de término de las condenas de Marott y Ollarves, quienes salieron de prisión el 9 y el 10 de septiembre, respectivamente.

Para Aramburu, la reducción dejó el 8 de marzo de 2027 como nueva fecha de salida.

El vínculo con las relaciones entre Chile y Venezuela

Interferencia también destacó que los decretos fueron suscritos después de que Chile y Venezuela reanudaran sus relaciones diplomáticas, el 30 de julio.

La reanudación de los vínculos entre ambos países era importante para facilitar la expulsión de ciudadanos venezolanos condenados por delitos cometidos en Chile, una de las acciones de seguridad prometidas por el Gobierno.

En ese marco, la investigación sostiene que una posible coordinación habría permitido analizar opciones para impedir la salida anticipada de los condenados y avanzar hacia una eventual expulsión.