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Temen que la ofensiva contra Rabat facilite nuevas acusaciones contra ministros de cortes

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Escrito por:Felipe DelgadoPeriodista. Editor de Prensa Región Metropolitana en BioBioChile.
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La información es de:Néstor AburtoPeriodista. Director de Contenidos en Radio Bío Bío Santiago

La inquietud que se escucha en los pasillos de las cortes de Apelaciones va más allá de lo que ocurrirá con el ministro de Justicia, Fernando Rabat. Abogados al tanto de las conversaciones sobre la polémica por las rebajas de condena advierten que la acusación constitucional que prepara la oposición podría inaugurar un nuevo ciclo de tensión entre el Congreso y los tribunales.

La posibilidad que se plantea es que el conflicto cambie de foco: que deje de centrarse en la responsabilidad del secretario de Estado por los decretos que otorgaron los beneficios y pase a la intervención de magistrados que integraron comisiones de reducción de condenas o dictaron resoluciones favorables a concederlas.

Por el momento, es una opción que se comenta y evalúa en esos círculos, sobre todo a raíz de declaraciones conocidas en los últimos días de sectores como republicanos o libertarios, que han planteado estudiar la posibilidad de presentar acusaciones contra jueces, aunque no lo han confirmado oficialmente.

Sin embargo, quienes siguen las conversaciones describen una preocupación transversal a distintos sectores políticos. Entre abogados próximos a la izquierda existe temor de que la ofensiva contra Rabat termine sirviendo de argumento para emprender acciones contra magistrados conocidos por sus posiciones más progresistas o vinculadas a ciertos sectores de la antigua concertación.

En parte de la derecha, por otro lado, se considera posible extender el análisis de responsabilidades a quienes participaron en otras fases del proceso. Entre los nombres que incluso se mencionan están Jorge Zepeda o Leopoldo Llanos.

Ambas interpretaciones coinciden en la importancia del precedente que podría establecer una acusación constitucional contra Fernando Rabat.

Una disputa que podría apuntar a otros actores

La oposición prepara una acusación contra Rabat que incluiría, entre sus argumentos, una eventual infracción o “inejecución” de la ley, reparos vinculados con compromisos internacionales y una posible vulneración de la probidad por los antecedentes entregados al Congreso.

Según la interpretación que circula entre abogados, algunos sectores podrían aprovechar parte de ese debate para examinar decisiones judiciales relacionadas con las rebajas de condena y señalar a jueces cuyas sensibilidades se percibirían más próximas a la izquierda que a la derecha.

De concretarse esa hipótesis, el foco ya no estaría únicamente en la determinación administrativa del Ministerio de Justicia. La discusión también podría abarcar la participación de integrantes de las cortes de Apelaciones y, eventualmente, de la Corte Suprema.

Por qué no se pueden aplicar las mismas causales automáticamente

Esta hipótesis política, no obstante, tendría una limitación jurídica importante, explicaron abogados a este medio: las razones para acusar constitucionalmente a un ministro de Estado no son las mismas que rigen para un magistrado. Para los integrantes de tribunales superiores de justicia, la Constitución establece el notable abandono de deberes. Por esa razón, los argumentos de una acusación contra Rabat no se pueden trasladar directamente a una acción contra jueces.

Otro aspecto esencial para el análisis es determinar si los magistrados intervinieron en calidad jurisdiccional, como jueces de la República en el ejercicio de sus funciones, o si actuaron en el ámbito administrativo. La distinción importa porque, en este último supuesto, la Contraloría General de la República podría tener una función activa.

Integrar una comisión, firmar una resolución o adoptar una interpretación legal determinada no basta, por sí mismo, para acreditar responsabilidad constitucional; todo dependerá de cómo se resuelva este punto. En los debates parlamentarios sobre acusaciones contra magistrados se ha alertado justamente sobre el peligro de que el mecanismo se convierta en una revisión política de las sentencias.

Los riesgos que perciben en la izquierda y la derecha

Quienes observan con cautela esta situación desde la izquierda temen que la disputa sirva para promover un examen selectivo de fallos judiciales y acabe menoscabando la independencia de los tribunales.

En sectores de derecha, en cambio, el razonamiento sería que, si se pone en duda la legalidad de los beneficios, la revisión debería extenderse a todos los actores que participaron en su otorgamiento.

¿Qué magistrados podrían quedar bajo escrutinio?

Desde ayer circula una nómina de ministros de cortes de Apelaciones o de la Suprema que participaron en comisiones o tuvieron algún papel en el proceso. La encabeza Leopoldo Llanos, ministro de la Corte Suprema, a quien la minuta menciona por integrar la Segunda Sala y participar en fallos sobre rebajas de condena.

También aparece Jorge Zepeda, ministro de la Corte Suprema, como uno de los posibles destinatarios de una ofensiva, aunque el documento no especifica una intervención concreta suya.

Otro de los mencionados es Raúl Mera Muñoz, hoy ministro del Tribunal Constitucional y exministro de la Corte de Apelaciones de Valparaíso. Su nombre se incluye porque presidió la comisión de reducción de condenas de esa corte en 2022.

Mario Gómez Montoya, también ministro del Tribunal Constitucional y exintegrante de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, figura por haber encabezado la comisión en 2023.

La minuta alude además a la ministra Maritza Villadangos, de la Corte de Apelaciones de Santiago, quien presidió la comisión en 2025. Los documentos internos que circulan indican que actualmente integra la quina para llegar a la Corte Suprema.

Eliana Quezada, ministra de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, es incluida por haber presidido la comisión en 2023.

Entre los nombres también está Alejandra Pizarro, ministra de la Corte de Apelaciones de San Miguel, señalada por haber presidido en 2022 y 2023 la comisión que redujo condenas a delincuentes rematados.

Patricio Martínez, ministro de la Corte de Apelaciones de Santiago y exministro de la de San Miguel, aparece por haber presidido esa comisión en 2024 y 2025, después de que Pizarro la encabezara.

La minuta también incluye a Silvana Donoso Ocampo, presidenta de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, quien encabezó la comisión de reducción de condenas en 2025. En 2020, la magistrada ya había sido cuestionada por participar en la decisión que otorgó la libertad condicional a Hugo Bustamante, conocido como el “sicópata del tambor”, quien después asesinó a la adolescente Ámbar Cornejo.

Antecedentes conocidos durante la investigación de la Fiscalía indican que, mientras en 2020 se tramitaba una acusación constitucional contra la magistrada, su hermano, el abogado Samuel Donoso, habría coordinado gestiones de lobby político para conseguir apoyos e impedir que prosperara. Donoso también es investigado por el Ministerio Público junto con Luis Hermosilla.

La lista incluye asimismo a Rodrigo Cortés Gutiérrez, relacionado en la minuta con las cortes de Apelaciones de Valparaíso y Concepción en los períodos mencionados. Se señala que presidió la comisión de Valparaíso en 2025 y la de Concepción en 2026.

Waldemar Koch Salazar, ministro de la Corte de Apelaciones de Concepción, aparece por haber presidido la comisión en 2024. Actualmente, Koch se desempeña como ministro en visita en investigaciones sobre violaciones a los derechos humanos durante la dictadura.

Gloria Negroni, ministra de la Corte de Apelaciones de La Serena, es mencionada por haber presidido la comisión en 2024. También fue investigada por viajar al extranjero mientras tenía licencia médica.

De esa misma corte, considerada la segunda más antigua del país, figura Marcela Sandoval, quien encabezó la comisión en 2023.

Las minutas que circulan también consignan a tres ministros de la Corte de Rancagua. Jorge Fernández Stevenson aparece por haber presidido la comisión en 2022 y 2023, mientras que Michel González Corvalán la encabezó en 2024. Ricardo Pairicán estuvo a cargo durante el año en curso.

La función administrativa de los jueces

Un aspecto que debe aclararse es en qué carácter participaron los magistrados en estas comisiones: si desempeñaron tareas jurisdiccionales o si intervinieron en funciones administrativas del Poder Judicial. Para establecerlo hay que considerar el tipo de actuación, las facultades utilizadas y el procedimiento seguido. La respuesta determina también qué mecanismos de control se aplican y de qué manera se podrían analizar eventuales responsabilidades.

Hay distintas interpretaciones sobre la comisión que recomienda rebajar condenas. Una postura sostiene que se trata de una instancia administrativa, mientras que otra plantea que podría funcionar como una especie de tribunal. Para resolver el debate, señalan que sería necesario revisar los pronunciamientos de la Corte Suprema sobre esta comisión; sin embargo, una fuente indicó que esos fallos presentan incluso enfoques contradictorios sobre cómo se aborda o define la cuestión.

Esta diferencia define hasta dónde podría intervenir la Contraloría. Si la comisión cumple una labor administrativa, la Contraloría podría eventualmente tener atribuciones. En caso de que actúe como tribunal, sus resoluciones quedarían fuera de la revisión de ese organismo. Con todo, una fuente familiarizada con el asunto añadió que los trámites administrativos que anteceden y siguen a cada decisión sí pueden ser fiscalizados, independientemente de la resolución final.

Por ejemplo, sería posible cotejar los antecedentes que Gendarmería entregó sobre la conducta de una persona condenada con los registros del propio servicio, para comprobar si su comportamiento fue realmente intachable o si constaban anotaciones por riñas u otros incidentes en prisión. También se podría examinar cómo el Ministerio de Justicia implementó las decisiones y si en algún caso redujo una condena alegando un pronunciamiento favorable de la comisión cuando este había sido desfavorable.

Desde hace años, esta materia está exenta del trámite de toma de razón ante la Contraloría. Esa exención no supone necesariamente un error: someter a dicho control una decisión ejecutada administrativamente, pero que podría ser de carácter jurisdiccional, podría contravenir la ley orgánica de la Contraloría. En cualquier caso, la fiscalización sí puede comprender los procedimientos administrativos vinculados con cada resolución.