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La caída del Fondo E de las AFP genera acciones judiciales y una investigación de la Superintendencia

foto Alejandro Alarcón
Escrito por:Alejandro AlarcónPeriodista. Colaborador de BioBioChile.

La disminución de los ahorros previsionales en el “Fondo E” de las AFP ha motivado que los afiliados exploren diversas alternativas judiciales para reclamar.

Hasta el momento, se han interpuesto al menos cuatro recursos de protección contra las AFP Capital, UNO, Habitat y Modelo. Uno de ellos, presentado contra Capital, fue declarado inadmisible por la Corte de Santiago.

Las otras acciones continúan bajo revisión, y no se descarta que el asunto pueda llegar más adelante a la Corte Suprema.

Junto con los procesos judiciales, la Superintendencia de Pensiones abrió una indagación sobre siete administradoras para determinar si sus decisiones de inversión cumplieron con las normas. Hasta ahora, no se han establecido responsabilidades ni impuesto sanciones.

Pamela Martínez, abogada y académica de la Universidad de Chile, afirmó que los recursos de protección no serían la vía apropiada para pedir compensaciones. A su juicio, los afectados podrían acudir a la justicia civil si se acredita que existieron irregularidades en la gestión de sus ahorros.


Martínez llamó además a los afiliados a organizarse y recopilar información de cara a posibles demandas. Consultada sobre la Ley del Consumidor, indicó que su aplicación podría analizarse, aunque persisten interrogantes respecto de si los afiliados son consumidores en su vínculo con las AFP.

El presidente de Conadecus, Hernán Calderón, dijo que la entidad está examinando las vías legales y la opción de iniciar una acción colectiva, pero aún no ha decidido presentar una demanda. La resolución estará sujeta a los resultados de la investigación de la Superintendencia.


Por el momento, Conadecus pone a disposición en su página web un formato de recurso de protección para quienes deseen iniciar acciones individuales. No se ha informado de una demanda colectiva del SERNAC relacionada con este caso.

La eventual intervención de ese organismo dependería de que se establezca si la Ley del Consumidor es aplicable al vínculo entre los afiliados y las administradoras.

La información es de Cristopher Aguilera