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A partir del 1 de mayo de 2025, los comercios que cuenten con dispositivos de impresión deberán entregar una copia impresa de la boleta electrónica o del comprobante de pago.
Para aquellos que no dispongan de estos equipos, la obligación de enviar el comprobante en formato digital (vía correo electrónico, SMS, WhatsApp o QR) entrará en vigencia el 1 de marzo de 2026.
La resolución del SII, que tiene como propósito atacar la evasión, no ha estado exenta de polémicas, dejando una serie de dudas tanto en los comerciantes, como en los clientes. Por ello, para aclarar todas las dudas y conocer cuándo se nos debe entregar una boleta impresa y a qué debemos estar atentos, conversamos con el defensor nacional del contribuyente, Ricardo Pizarro.
La Defensoría del Contribuyente tiene un rol de resguardo de los derechos de los contribuyentes, por lo que si tienes dudas puedes contactarlos en su sitio web www.dedecon.cl

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